RESOLUCION DIRECTORAL N° 4598-2014-MTC/15 - Autorizan a Escuela de Conductores Integrales R & U S.A.C., la modificación de su autorización contenida en la R.D. Nº 2964-2014-MTC/15, variando la ubicación de su local a inmueble ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima
Fecha de disposición | 28 Noviembre 2014 |
Fecha de publicación | 28 Noviembre 2014 |
El Peruano
Viernes 28 de noviembre de 2014
538802
Certifi cación, en los términos y condiciones establecidos
por la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS PAVIC MORENO
Director General de Aeronáutica Civil
1152842-1
Autorizan a Escuela de Conductores
Integrales R & U S.A.C., la modificación
de su autorización contenida en la
R.D. Nº 2964-2014-MTC/15, variando
la ubicación de su local a inmueble
ubicado en el distrito de Chorrillos,
provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 4598-2014-MTC/15
Lima, 10 de noviembre de 2014
VISTO:
El Parte Diario Nº 173950, presentado por la
empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES
INTEGRALES R & U S.A.C., y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 3078-2012-
MTC/15 de fecha 15 de agosto de 2012, publicada en el
Diario Ofi cial El Peruano con fecha 20 de setiembre de
2012, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA
DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., para
funcionar como Escuela de Conductores Integrales,
en adelante La Escuela, con el objetivo de impartir los
conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir
vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando
una formación orientada hacia la conducción responsable
y segura a los postulantes a una licencia de conducir de
la clase A categorías II y III y Clase B categoría ll-c, así
como los cursos de Capacitación Anual para Transporte
de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto,
curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, y los
cursos de Reforzamiento para la revalidación de las licencias
de conducir de la clase A categorías II y III;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 4509-2012-
MTC/15 de fecha 14 de noviembre de 2012, publicada en
el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14 de diciembre de
2012, se autorizó a La Escuela para impartir los cursos de
capacitación para obtener licencia de conducir de la Clase A
Categoría I;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 3179-2013-
MTC/15 de fecha 07 de agosto de 2013, publicada en
el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 08 de setiembre
de 2013, se autorizó a La Escuela la ampliación de local
en el inmueble ubicado en: Avenida José Olaya Mz Q-
02 Lote Nº 21, Urbanización Chorrillos, Distrito Chorrillos,
Provincia y Departamento de Lima;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 2964-2014-
MTC/15 de fecha 10 de julio de 2014, se autorizó a La
Escuela la modifi cación de su domicilio citado en el párrafo
precedente al inmueble ubicado en: Jirón Gran Pajaten
Nºs 371 - 375, Urbanización Zarate, Distrito de San Juan
de Lurigancho, Provincia y Departamento de
Lima;
Que, mediante Parte Diario Nº 173950 de fecha 26 de
setiembre de 2014, La Escuela solicitó la modifi cación de
los términos de su autorización, contenida en la Resolución
Directoral Nº 2964-2014, variando la ubicación de las
ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las
clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico
de mecánica, por el inmueble ubicado en: Asociación
Márquez de Villa, Calle 1A/28, Distrito de Chorrillos,
Provincia y Departamento de Lima; ,
Que, el artículo 60º del Reglamento Nacional de Licencias
de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de
Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº
040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que
“La autorización como Escuela de Conductores, así como
su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos
jurídicos serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano”;
asimismo, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento,
dispone que “Procede la solicitud de modifi cación de
autorización de La Escuela de Conductores cuando se
produce la variación de alguno de sus contenidos indicados
en el artículo 53º de El Reglamento...”’,
Que, e! literal d) del artículo 53º de El Reglamento
indica que “La Resolución de Autorización como Escuela
de Conductores contendrá lo siguiente:...d) Ubicación del
(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores
para la cual se otorga autorización,...”;
Que, de la solicitud de autorización para el cambio de local
destinado a las ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza
y taller de instrucción teórico - práctico de mecánica,
presentada por la empresa denominada ESCUELA DE
CONDUCTORES INTEGRALES R & U S.A.C., implica
la variación de uno de los contenidos del artículo 53º de
El Reglamento, en razón que La Escuela, ha solicitado el
cambio de local, autorizado mediante Resolución Directoral
Nº 2964-2014-MTC/15; en ese sentido y considerando lo
establecido en el artículo 60º de El Reglamento, la Resolución
que modifi ca la autorización, debe ser publicada en el Diario
Ofi cial El Peruano, por haberse producido la variación del
contenido de la autorización;
Que, el segundo párrafo del artículo 56º de Ei
Reglamento, establece que previamente a la expedición
de la resolución de autorización respectiva, la Dirección
General de Transporte Terrestre realizará la inspección con
el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones
de acceso establecidas en El Reglamento;
Que, mediante Informe Nº 008-2014-MTC/15.jvp de
fecha 24 de octubre de 2014, sobre la inspección ocular
realizada a las instalaciones del local propuesto por La
Escuela, la inspectora concluye que habiéndose realizado
la inspección ocular en lo correspondiente a la condición
de infraestructura, se verifi có que la empresa denominada
ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R & U
S.A.C., cumple con lo requerido en los literales a), b), c),
d), e) y f) del numeral 43.3 del artículo 43º del Decreto
Supremo Nº 040-2008-MTC;
Que, estando en lo opinado por la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 232-
2014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo
correspondiente, y;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento
Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores
y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por
Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444
Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada
ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES R &
U S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores
Integrales, la modifi cación de los términos de su
autorización contenida en la Resolución Directoral Nº
2964-2014-MTC/15, variando la ubicación de local
(ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza y taller de
instrucción teórico - práctico de mecánica), al inmueble
ubicado en: Asociación Márquez de Villa, Calle 1A/28,
Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -
SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente
Resolución Directoral.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación
en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la
empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES
INTEGRALES R & U S.A.C., los gastos que origine su
publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ABEL ALVARADO HUERTAS
Director General (s)
Dirección General de Transporte Terrestre
1166812-1
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