Resolución Directoral Nº 325 - 2022 - MINCETUR/OGA de Ministerio de Comercio Exterior, 2022

Año2022
Número de resolución325 - 2022 - MINCETUR/OGA
Fecha29 Diciembre 2022
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
- 2022 - MINCETUR/SG/OGA
Visto, el Memorándum Nº 1853-2022-MINCETUR/SG/OGA/OASA, de la Oficina de
Abastecimiento y Servicios Auxiliares;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo marco de la
Administración Financiera del Sector Público, se establece que la Administración Financiera del
Sector Público, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, está conformada, entre otros,
por el Sistema Nacional de Abastecimiento, cuyo ente rector es la Dirección General de
Abastecimiento;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional
de Abastecimiento, se desarrolla el Sistema Nacional de Abastecimiento como el conjunto de
principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de
bienes, servicios y obras, a través de la Cadena de Abastecimiento Publico, orientado al logro
de resultados, con el fin de alcanzar un eficiente y eficaz empleo de los recursos públicos;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 217-2019-EF, se aprueba el Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, que
tiene como finalidad regular los mecanismos para asegurar el aprovisionamiento y la gestión de
los bienes, servicios y obras que requieran las Entidades para el cumplimiento de sus metas u
objetivos estratégicos y operativos, a través del empleo eficiente y eficaz de los recursos públicos
asignados;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 015-2021-EF/54.01, se aprueba la Directiva
N° 006-2021-EF/54.01 Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco
del Sistema Nacional de Abastecimiento y su modificatoria aprobada por Resolución Directoral
N° 006-2022-EF/54.01, cuyo objetivo es regular la gestión de los bienes muebles que formen
parte o sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que
se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento;
Que, en la Directiva N° 006-2021-EF/54.01 precisa los procedimientos y plazos de la
Toma de Inventario de los Bienes Muebles, disponiendo en el artículo 32° que, la Oficina General
de Administración, mediante resolución, constituirá la Comisión de Inventario que tendrá a su
cargo el procedimiento de inventario, de acuerdo a las funciones y responsabilidades dispuestas
en la misma, la cual estará conformada por un representante de la Oficina General de
Administración, quién la presidirá, un representante de la Oficina de Contabilidad y un
representante de la Oficina de Abastecimiento, como integrantes. Asimismo, se establece que la
Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-
PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web:
https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: BQWQH4BJ
C. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima
Central Telefónica: 513-6100
www.gob.pe/mincetur
Firmado digitalmente por
GONZALES SALDAÑA Carlos
Antonio FAU 20504774288 soft
Oficina: Sub Dirección de
Programación y Control
Patrimonial
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/12/29 09:41:32-0500
Firmado digitalmente por
URETA INOCENTE Elva Luz FAU
20504774288 soft
Oficina: Oficina de Abastecimiento
y Servicios Auxiliares
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/12/29 10:56:33-0500
Firmado digitalmente por
TAVARA FLORES Maria Trinidad FIR 06101808 hard
Cargo: Directora General (E) de la Oficina General de
Administración
Motivo: Documento Electrónico
Fecha: 2022/12/29 12:20:04-0500

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