Moquegua, 19 de setiembre del 2023
VISTOS:
El Expediente Nº 2022-0623 de fecha 24 de marzo del 2022, la solicitud CEV Nº 257-2022/LEG.LEG de fecha 24 de marzo del 2022, de otorgamiento de la Concesión Definitiva de Distribución del Proyecto de Distribución Eléctrica 22.9 KV – Proyecto Pasto Grande presentada por la empresa CONSORCIO ELECTRICO DE VILLACURI S.A.C. -C.V.C. ENERGIA-, la Resolución Gerencial Regional Nº 019-2023-GRDE.MOQ de fecha 11.06.2023, el Informe Nº 169-2023-GRM/GRDE/DREM/DEN-RHCC, de 18 de setiembre del 2023, el Informe Legal Nº 218-2023-SNVT-OAJ/DREM.M-GRM de fecha 19 de setiembre del 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el literal a) del Art. 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prevé que en cuanto a funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos los Gobiernos Regionales deben “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales”;
Que, mediante documento...