Resolución Directoral N° 1163 - 2017 de Dirección General de Capitanías y Guardacostas, 28-12-2017

Número de resolución1163 - 2017
Fecha de publicación20 Marzo 2022
Fecha28 Diciembre 2017
Tipo de documentoResolución Directoral Administrativa
EmisorDIRCONTROL
RESOLUCIÓN DI RECTORAL
N'
RD
...
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MGP/DGCG
FOLI0.
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(
2 2
DIC
2017'
Visto, la solicitud
S/N
del
señor Wilber
Omar
REMIGIO
Barrios,
de
fecha
01
de
diciembre
del2017.
CONSIDERANDO:
Que,
mediante
el
Decreto
Supremo
O
15-20
14-DE
de
fecha
26
de
noviembre del
2014,
se
aprobó
el
Reglamento
del
Decreto
Legislativo
1147
de
fecha
10
de
diciembre
del 2012,
que
regula el Fortalecimiento
de
las
Fuerzas
Armadas en
las
competencias
de
la Autoridad Marítima
Nacional
-
Dirección General
de
Capital")ías y Guardacostas:
Que,
el
artículo
111,
inciso (e) y artículo
VI
del
Título
Preliminar
del
Reglamento
del
Decreto
Legislativo
1147,
establece
que
el
ámbito
de
aplicación
entre otras está constituido
por
las
personas naturales y jurídicas,
cuyas actividades
se
desarrollen o
tengan
alcance
en
el
medio
acuático,
sin
perjuicio
de
las atribuciones
de
los
sectores y organismos
autónomos
competentes: y
como
responsabilidad, corresponde a la Autoridad Marítima
Nacional
aplicar
y
hacer
cumplir la normativa internacional;
Que,
los
numerales
(3)
y
{33)
del
artículo
12
del
citado
Reglamento,
establece
que
es
función
de
la Autoridad Marítima Nacional entre otras,
planear, coordinar, dirigir, controlar y vigilar la
protección
y seguridad
de
la
vida humana, la prevención
de
la
contaminación,
y la represión
de
ilícitos
en
las actividades
que
se
desarrollan
en
el
medio
acuático
y la franja ribereña,
en
su
ámbito
de
competencia;
así
como
normar en lo
técnico,
operativo
y
administrativo las disposiciones
para
la formación profesional,
capacitación,
entrenamiento,
evaluación
y titulación
por
competencias
de
la
gente
de
mar,
personal
de
pesca,
náutica
recreativa,
practicaje,
buceo
u otras
actividades
acuáticas:
Que, la Dirección General
de
Capitanías y Guardacostas
otorgó
Libreta
de
Embarco
2007
con
fecha
OS
de
marzo del
2012,
al señor Wilber
Omar
REMIGIO
Barrios
en
su
condición
de
cadete
de
la Escuela Nacional
de
Marina
Mercante
"Almirante Miguel Grau";
Que,
mediante
Resolución Directora!
329-2017-DE/ENAMM
de
fecha
15
de
noviembre del
2017,
la Dirección
de
la Escuela Nacional
de
Marina
Mercante
"Almirante Miguel
Grau"
declaró
expeditos
para
optar
el
Título Profesional
de
Oficial
de
Marina
Mercante
con
mención
en Puente al
señor Wilber
Omar
RcMIGIO
Barrios,
por
lo
que
se
encuentra
apto
para
obtener
su
Título
de
Competencia
como
Oficial
de
Oficial
de
Puente
de
buque
sin
límite
de
arqueo
bruto;
1-3
Que, el inciso
(d)
del
artículo
374
del referido Reglamento, establece
como
requisitos
para
obtener
el
Título
de
Competencia
de
Oficial
de
Puente
de
buque
sin
límite
de
arqueo
bruto;
haber
completado
una
educación
y
formación
en
un Centro
de
Formación
reconocido
por
la Dirección General,
satisfacer las normas
de
competencia
y
haber
cumplido
un periodo
de
embarco
no inferior a
UN
(1)
año,
como
parte
de
un
programa
tipo
aprobado
que
incluya formación a bordo;
Que, el inciso
377.1
del artículo 377
del
acotado
Reglamento,
establece
que
esta Dirección General, expide
los
Títulos
de
Oficiales
de
la
Marina
Mercante
Nacional a todos aquellos
que
cumplan
con
los
requisitos
establecidos
en
el
artículo
37
4 del Reglamento;
Que,
el
inciso 377.2
del
artículo
377
del referido Reglamento,
(YJ
establece
que
los
Títulos
de
Capitán, y
de
los
Oficiales mercantes marítimos,
conferidos
mediante
Resolución Directora! emitida
por
esta Dirección
J;lf¡i:Jener·ol
de
Capitanías y Guard.acostas;
Que,
el
Procedimiento
08
(B-03)
de
la Parte
"C",
del
Texto Único
de
Procedimientos Administrativos
de
la Marina
de
Guerra
del
Perú,
aprobado
por
Decreto Supremo
002-2012 DE/MGP
de
fecha
10
de
julio del2012; establece
~fuii~~como
requisitos
para
la expedición del título, libreta
de
embarco
y
carné
de
4\\:)fic:ial
de
la Marina
Mercante
Nacional
por
primera
vez,
adjuntar
su
Libreta
de
l\'~F'miYn-rn
original y el Certificado
de
Aptitud Psicofísica
expedido
por
un
centro
~·édico
de
la
localidad;
Que,
mediante
la Libreta
de
Embarco,
se
certifica
que
el señor
Wilber Ornar
REMIGIO
Barrios,
ha
cumplido
con
el periodo
de
embarco
no
inferior a
UN
(1)
año,
como
parte
de
un
programa
tipo
aprobado
que
incluya
formación a
bordo;
Que,
de
igual forma,
mediante
el Formato
de
Reconocimiento
M~'ldirco
de
fecha
30
de
noviembre
del
2017,
expedido
por
el Hospital San José,
(
declara
apto
al recurrente; (
Que,
mediante
el
documento
del
visto, el señor Wilber Ornar
REMIGIO
Barrios, solicita el Título
de
Competencia
como
Oficial
de
Puente
de
buque
sin
límite
de
arqueo
bruto
de
la Marina
Mercante
Nacional;
De
conformidad
a lo
evaluado
por
el Jefe del
Departamento
de
Personal
Acuático,
a lo
opinado
por
el Jefe
de
Asuntos Legales, Director
de
Control
de
Actividades Acuáticas y a lo
recomendado
por
el Director Ejecutivo
de
la Dirección General
de
Capitanías y Guardacostas;
SE
RESUELVE:
Artículo
JO
.•
Otorgar
el
Título
de
Competencia
de
Oficial
de
Puente
de
buque
sin
límite
de
arqueo
bruto, al Licenciado Wilber Ornar
REMIGIO
Barrios,
por
los
motivos expuestos en la
parte
considerativa
de
la presente
Resolución Directora!.
(
(
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N'
RD
..
.\..~~:'!.~.~~~
....
MGP/DGCG
FOLIO .....
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.........................
..
? 1
OIC
2017'
Artículo 2'.-EI recurrente. asumlfa
las
responsabilidades y
obligaciones
que
el
Título
le confiere. conforme lo dispone
el
citado
Reglamento y otras disposiciones
que
emita
la
Autoridad Marítima Nacional.
Artículo 3'.-
El
Título
deberá
ser
revalidado por
el
interesado
cada
CINCO
(5)
años,
para
lo cual
deberá
cumplir
con
los
requisitos del Texto Único
de
Procedimientos Administrativos
de
la Marina
de
Guerra del
Perú.
Artículo 4°.· Publicar en el Portal Electrónico
de
la Autoridad
Marítima Nacional wvvw.dicapi.mi.pe, la presente Resolución Directoral,
para
fines
de
conocimiento
público.
·Regístrese y comuníquese
como
Documento OfiCial Público
(D.O.P
.)
DISTRIBUCION:
Manuel V
SCONES
Merey
Vice lmirante
Director General
de
C pitanías y Guardacostas
Copia: Wilber
Omar
REMIGIO
Barrios
Archivo.
3-3
(
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\
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\

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