RESOLUCION DIRECTORAL N° 1113-2014 MGP/DGCG - Modifican la R.D. N° 0930-2012 MGP/DCG, mediante la cual se aprobaron las 'Normas complementarias para la categorización, evaluación y funcionamiento de Astilleros, Varaderos, Diques y Talleres de Reparaciones Navales existentes y de aquellos que realicen trámite de otorgamiento de licencias de operaciones a nivel nacional'.

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición 8 de Diciembre de 2014
El Peruano
Lunes 8 de diciembre de 2014
539508
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Encargan funciones de Director de
la Dirección de Administración de
Recursos Hídricos de la ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 344-2014-ANA
Lima, 5 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 116-2013-ANA
de fecha 27 de marzo de 2013, se encargó al señor Marco
Antonio Núñez del Prado Coll Cárdenas, las funciones de
Director de la Dirección de Administración de Recursos
Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
encargatura efectuada y encargar a su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,
y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir del 09 de
diciembre de 2014, el encargo de funciones efectuado
al señor Marco Antonio Núñez del Prado Coll Cárdenas,
como Director de la Dirección de Administración de
Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua,
conferidas mediante Resolución Jefatural N° 116-2013-
ANA.
Artículo 2°.- Encargar, a partir del 09 de diciembre de
2014, al señor Alberto Antonio Alva Tiravanti, las funciones
de Director de la Dirección de Administración de Recursos
Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, en adición a
las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios
suscrito con esta Autoridad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1174807-1
Dan por concluido encargo de
funciones de Director de la Oficina de
Administración de la ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 346-2014-ANA
Lima, 5 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 338-2013-
ANA de fecha 05 de agosto de 2013, se encargó al señor
Rafael Hernán Ortiz Castilla, las funciones de Director de
la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del
Agua;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
encargatura efectuada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,
y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida, a partir del 09 de
diciembre de 2014, el encargo de funciones efectuado al
señor Rafael Hernán Ortiz Castilla, como Director de la
Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del
Agua, conferidas mediante Resolución Jefatural N° 338-
2013-ANA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1174807-2
DEFENSA
Modifican la R.D. Nº 0930-2012 MGP/
DCG, mediante la cual se aprobaron
las “Normas complementarias para
la categorización, evaluación y
funcionamiento de Astilleros, Varaderos,
Diques y Talleres de Reparaciones
Navales existentes y de aquellos que
realicen trámite de otorgamiento
de licencias de operaciones a nivel
nacional”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 1113-2014 MGP/DGCG
Callao, 27 de octubre del 2014
Visto la Resolución Directoral Nº 0930-2012 MGP/
DCG de fecha 25 de setiembre del 2012 mediante la
cual se aprobaron las “Normas complementarias para
la categorización, evaluación y funcionamiento de
Astilleros, Varaderos, Diques y Talleres de Reparaciones
Navales existentes y de aquellos que realicen trámite
de otorgamiento de licencias de operaciones a nivel
nacional”.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º, numeral (5) y Artículo 3º del
Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del
2012, establece que el ámbito de aplicación entre otras,
son las personas naturales y jurídicas, cuyas actividades
se desarrollen o tengan alcance en el medio acuático y
que corresponde a la Autoridad Marítima Nacional aplicar
y hacer cumplir lo dispuesto en la precipitada norma;
Que, el Artículo 5º, numeral (1) y (5) del citado Decreto
Legislativo, prescribe que es función de la Autoridad
Marítima Nacional entre otras, velar por la seguridad de
la vida humana en el medio acuático, así como planear,
normar, coordinar, dirigir y controlar dentro del ámbito de
su competencia, las actividades que se desarrollan en el
medio ambiente acuático;
Que, la Primera Disposición Transitoria del mencionado
Decreto Legislativo, dispone que hasta la publicación del
Reglamento correspondiente se continuarán aplicando las
disposiciones reglamentarias vigentes, siempre y cuando
no lo contradigan; por lo que, el Reglamento de la Ley de
Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales
y Lacustres aprobado mediante Decreto Supremo Nº
028-DE/MPG de fecha 25 de mayo del 2001, continuará
vigente hasta la publicación del reglamento del referido
Decreto Legislativo en el Diario Ofi cial El Peruano;
Que, el artículo A-010501 inciso (22) del mencionado
Reglamento establece que es función de la Dirección

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR