Resolucion Directoral Nº 103-2022/APCI-DE. Aprueban el “Reglamento del Sistema de Casilla Electrónica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Miraflores, 13 de setiembre de 2022
VISTOS:
El Memorándum N° 0108-2022-APCI/OPP del 17 de marzo de 2022, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum Múltiple N° 0001-2022-APCI/OAJ de fecha 22 de febrero de 2022, el Informe N° 134-2022-APCI/OGA-USI de fecha 03 de agosto de 2022 de la Unidad de Sistemas e Informática, el Memorándum N° 0487-2022-APCI/OGA de fecha 05 de agosto de 2022 de la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 0147-2022-APCI/OAJ de fecha 12 de septiembre de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía;
Que, el artículo 5-A.1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; propiciar la simplificación administrativa; promover y mejorar la calidad en las regulaciones en el ámbito de competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; el gobierno abierto; la coordinación interinstitucional; la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento del Estado; y la búsqueda de mejoras en la productividad y en la gestión de procesos; la evaluación de riesgos de gestión y la gestión del conocimiento, hacia la obtención de resultados;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 se aprobó la Ley de Gobierno Digital, cuyo objeto es establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para...
VISTOS:
El Memorándum N° 0108-2022-APCI/OPP del 17 de marzo de 2022, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Memorándum Múltiple N° 0001-2022-APCI/OAJ de fecha 22 de febrero de 2022, el Informe N° 134-2022-APCI/OGA-USI de fecha 03 de agosto de 2022 de la Unidad de Sistemas e Informática, el Memorándum N° 0487-2022-APCI/OGA de fecha 05 de agosto de 2022 de la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 0147-2022-APCI/OAJ de fecha 12 de septiembre de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía;
Que, el artículo 5-A.1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; propiciar la simplificación administrativa; promover y mejorar la calidad en las regulaciones en el ámbito de competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; el gobierno abierto; la coordinación interinstitucional; la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento del Estado; y la búsqueda de mejoras en la productividad y en la gestión de procesos; la evaluación de riesgos de gestión y la gestión del conocimiento, hacia la obtención de resultados;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 se aprobó la Ley de Gobierno Digital, cuyo objeto es establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para...
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