Lima, 19 de setiembre 2023
VISTO: el Informe N° 0546-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9° de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;
Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP con una antelación de quince días calendario;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 795-2018-MTC/12, del 17 de setiembre de 2018, se aprobó el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 45 “Identificación de Aeronaves y Componentes de Aeronaves, Marcas de Matrícula y Nacionalidad – Nueva Edición, Enmienda 2;
Que, en el marco del proceso de elaboración normativa y...