RESOLUCION DIRECTORAL N° 085-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE - Designan Asesoras de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

Fecha de disposición06 Abril 2015
Fecha de publicación06 Abril 2015
SecciónSección Única
550139
Año XXXII - Nº 13213
AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
RR.DD. N°s. 085 y 086-2015-MINAGRI-DVDIAR-
AGRO RURAL-DE.- Designan Asesoras de la Dirección
Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural - AGRO RURAL 550140
ECONOMIA Y FINANZAS
R.M. N° 125-2015-EF/43.- Autorizan viaje de Viceministro
de Economía a EE.UU., en comisión de servicios
550140
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.VM. N° 130-2015-MTC/03.- Aprueban la renovación de
la autorización otorgada por R.VM. Nº 479-2006-MTC/03,
a la empresa Red de Comunicaciones Chavín S.R.L.
550141
R.VM. N° 131-2015-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
sonora educativa en FM, en la localidad de Juli,
departamento de Puno 550142
R.VM. N° 133-2015-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM, en la localidad de Tingo María,
departamento de Huánuco 550145
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. N° 150-2015-P-CSJCL/PJ.- Revalidan inscripción
de Peritos Judiciales en la Corte Superior de Justicia del Callao
550148
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Res. N° 0127.- Aprueban expedición de duplicado de
diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias de
la Universidad Nacional de Ingeniería 550149
Sumario
Lunes 6 de abril de 2015
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes
a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante la expedición de otra
norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice”
y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de
existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a
rectif‌i carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser
remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN

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