Resolucion directoral N° 0721-2023-MTC/17.03. Autorizan para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo a la empresa GFG VIA E.I.R.L., en local ubicado en el departamento de Ayacucho

Fecha de publicación18 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de funcionario de OSITRAN para participar en eventos a realizarse en Francia

Lima, 31 de octubre de 2023


VISTO:


La solicitud registrada mediante Hoja de Ruta N° T-477467-2023, presentada por la empresa GFG VIA EIRL, a través de la cual, solicita autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”;


Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográfica, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos”;


Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de...

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