Resolucion Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN. Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR

Fecha de publicación23 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Barranco, 21 de febrero de 2023

VISTO:

El Memorándum N° 000058-2023-OPPD/CENFOTUR emitido por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo e Informe Técnico N° 000013-2023-UPDL/CENFOTUR emitido por su Unidad de Planeamiento y Desarrollo, y el Informe N° 000028-2023-OAJ/CENFOTUR emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; sobre aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 22155, se aprobó la Ley Orgánica del CENFOTUR, la cual estableció que el CENFOTUR en calidad de entidad educativa y organismo público descentralizado, era una Institución Publica Descentralizada del Sector Turismo, destinada a la formación, capacitación y perfeccionamiento de los trabajadores de la actividad turística;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1451, que fortalece el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, se precisa la naturaleza jurídica y función educativa del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, la cual es ejercida de conformidad a sus normas internas y las del sector educación en lo que corresponda, asimismo su segunda disposición complementaria final se establece entre otros, la obligación de adecuación de los reglamentos de organización y funciones de los organismos públicos del poder ejecutivo conforme a las precisiones de competencias y funciones efectuadas por el referido decreto legislativo;

Que, mediante Ley N° 30512, se promulgo la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera de sus Docentes, donde se ratifica la autonomía del CENFOTUR, de conformidad a su Tercera Disposición Complementaria Final, que indica que las Escuelas de Educación Superior Tecnológica (EEST) brindan formación especializada con fundamentación científica y el desarrollo de la investigación aplicada, debiendo desarrollar investigación y proyectos de innovación, e indica que los programas formativos conducentes a grados o títulos se denominan “Programas de Estudios”, mientras que los que no conllevan a dichas certificaciones se denominan “Programas de Formación Continua”, de conformidad a lo establecido en sus artículos 6°, 10° y 17°;

Que, complementariamente, mediante Decreto Supremo N° 011-2019-MINEDU, se modificó el Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, Reglamento de la Ley N° 30512- Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera de sus...

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