Resolucion Directoral N° 0489-2023-MTC/28. Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en la banda de FM en las localidades de San Luis Alta-Santa Filomena-Santa Rosa Baja del departamento de Ayacucho, y Ayabaca del departamento de Piura, serán otorgadas a solicitud de parte

Fecha de publicación23 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 8 de marzo de 2023

VISTO, el Informe Nº 0632-2023-MTC/28.01 del 8 de marzo de 2023 de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 16 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, en adelante Ley de Radio y Televisión, y al artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, en adelante Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público, siendo éste obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad, es menor al número de solicitudes presentadas;

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que “En caso se declare desierto el concurso público derivado de la aplicación del primer párrafo del artículo 41, en una banda y localidad, al no haberse asignado ninguna de las frecuencias objeto de la convocatoria para dicha banda y localidad, estas se pueden asignar mediante solicitud de parte. Para ello, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de los resultados del concurso público en el diario oficial El Peruano, expide una resolución señalando que las frecuencias disponibles en la referida banda y localidad se asignan a solicitud de parte, la cual se publica en el diario oficial El Peruano”;

Que, el numeral 46.3 del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que “De haberse adjudicado al menos una frecuencia a través de concurso público, en una banda y localidad, las demás frecuencias se asignan mediante la misma modalidad”;

Que, las Resoluciones Directorales Nº 0579-2022-MTC/28 y Nº 0218-2022-MTC/28, en observancia del artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecieron que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda de Frecuencia Modulada (FM) de las localidades de San Luis Alta-Santa Filomena-Santa Rosa Baja, y Ayabaca, de los departamentos de Ayacucho y Piura, respectivamente, serán otorgadas por Concurso Público;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 2344-2022-MTC/28 del 13 de octubre de 2022, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 01-2022-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial, educativa y...

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