Resolucion directoral Nº 0437-2023-MTC/17.03. Autorizan a la empresa “AZPER PERÚ JC SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.” para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en local ubicado en el departamento de Madre de Dios

Fecha de publicación15 Septiembre 2023
SecciónSección Única
30 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023
El Peruano
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ANEXO
VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN (1) INMUEBLE PARA EL PROYECTO: “RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA
ÓPTICA: COBERTURA UNIVERSAL NORTE, COBERTURA UNIVERSAL SUR Y COBERTURA UNIVERSAL CENTRO”.
SUJETO ACTIVO /
BENEFICIARIO
SUJETOS
PASIVOS CÓDIGO: NODO HUACHO
AREA AFECTADA:65.90 m2 AFECTACIÓN: Parcial del inmueble
VALOR DE LA
TASACIÓN
(S/)
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE
VÉRTICES LADO DISTANCIA
(m)
WGS8
ESTE (X) NORTE (Y)
MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
JULIO
FERNANDO
YACCHI
MATURRANO
MÓNICA KAREN
SARMIENTO
GARCÍA
LINDEROS Y MEDIDAS
PERIMÉTRICAS DEL ÁREA
AFECTADA:
Frente: Colinda con calle Leoncio
Prado – 7,05 m.
Derecha: Colinda con sub Lote Nº 2 –
9.37 m.
Izquierda: Colinda con el Remanente
Sub Lote Nº 3 - 9.36 m.
Fondo: Colinda con el Remanente Sub
Lote Nº 3 – 7,09 m.
A A-B 7.05 216158.2580 8770577.2314
101 617,80
B B-C 9.36 216165.3078 8770577.1795
PARTIDA REGISTRAL: N° 50025718
perteneciente a la Ocina Registral de
Huacho, de la Zona Registral N° IX -
Sede Lima.
CERTIFICADO DE BÚSQUEDA
CATASTRAL:
Emitido con fecha 29 de septiembre del
2022 (Informe Técnico N°21343-2022-
Z.R. N° IX-SEDE LIMA/UREG/CAT) por
la Ocina Registral de Huacho, de la
Zona Registral N° IX, Sede Lima.
INFORME TÉCNICO N° 011-2023-
JGP: emitido con fecha 27 de abril
de 2023 suscrito por el vericador
catastral.
C C-D 7.09 216164.3643 8770567.8672
D D-A 9.37 216157.2744 8770567.9132
2214868-1
situación del mercado automotriz de cada región y de su
distribución geográca, y por los mecanismos legales que
la normativa contempla para tales casos”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC
se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, en adelante, el Reglamento, el
mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional
de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Nº 29237- Ley que crea el
Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares,
cuya nalidad constituye certicar el buen funcionamiento
y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías
públicas terrestres a nivel nacional; así como vericar que
éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos
establecidos en la normativa nacional, con el propósito de
garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre
y las condiciones ambientales saludables;
Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del
Reglamento señala que es competencia del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones
de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica
Vehicular – CITV;
Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta
Nº T-178688-2023 de fecha 12 de abril de 2023, el señor
Cesar Huacani Calsin, identicado con DNI Nº 29707091,
Gerente General de la Empresa “AZPER PERÚ JC
SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA.”, con RUC 20603672993 y domicilio procesal
en: Calle General Cordova Nº 2361, distrito de Lince,
provincia y departamento de Lima, en adelante la Empresa,
solicita “AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO COMO
CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR, PARA
OPERAR UNA (01) LÍNEA DE INSPECCIÓN TÉCNICA
VEHICULAR DE TIPO COMBINADA” 2;
Que, el artículo 30 del Reglamento, respecto de
las Condiciones para acceder a una autorización
como Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV,
señala: la persona natural o jurídica solicitante, debe
cumplir con los requisitos y condiciones establecidas
en el Reglamento, los mismos que están referidos: a.
Autorizan a la empresa “AZPER
PERÚ JC SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA.” para
operar como Centro de Inspección Técnica
Vehicular Fijo en local ubicado en el
departamento de Madre de Dios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0437-2023-MTC/17.03
Lima, 19 de julio de 2023
VISTOS:
La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta
T-178688-2023 así como, los demás escritos
relacionados con dicha solicitud, presentados por la
empresa “AZPER PERÚ JC SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA.”, a través de los cuales,
solicita autorización para operar un Centro de Inspección
Técnica Vehicular1; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que
crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas
Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes
y Comunicaciones es el órgano rector en materia de
transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado
que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar
el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares
en el ámbito nacional (…)”;
Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo
siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están
a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular
(CITV), previamente autorizados por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones
se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 15/09/2023 01:00

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