RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2014-EM/DGE - Otorgan a favor de Hidrandina S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto “PSE Rural Usquil - Huaranchal”

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2015
558920 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2015 /
El Peruano
Que, sobre la base de los Lineamientos para la
Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas,
aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 223-
2010-MEM/DM, se realizó el Taller Informativo el día 25 de
junio de 2015, con la participación de los representantes
de HBHENERGÍA PERÚ S.A.C., de la Dirección General
de Electricidad y de las principales autoridades de la
zona, con el objeto de informar a la población respecto
a lo que consiste la concesión temporal de la Central
Hidroeléctrica San José II;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la empresa solicitante
ha cumplido con los requisitos establecidos en el
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha
emitido el Informe Nº 374-2015-DGE-DCE de fecha
03 de julio de 2015, recomendando que se otorgue la
concesión temporal;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23
el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM
y el código CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía
y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-
EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar la concesión temporal a favor
de HBHENERGÍA PERÚ S.A.C., que se identif‌i cará
con el código Nº 21359915, para desarrollar estudios
a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de
generación de energía eléctrica de la futura Central
Hidroeléctrica San José II con una potencia instalada
estimada de 13 MW, los cuales se realizarán en los
distritos de San Pedro y San Cristóbal, provincia de
Lucanas, departamento de Ayacucho, por un plazo de
veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56) – Zona 18L:
VÉRTICE ESTE NORTE
1 588 843,579 8 364 997,795
2 596 449,594 8 358 231.640
3 586 586,778 8 347 144,505
4 578 980,763 8 353 910,610
Artículo 3º.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios, respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento,
Resolución Directoral Nº 046-2010-EM/DGE y demás
normas legales pertinentes.
Artículo 4º.- De conformidad con el artículo 36
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,
si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la
presente Resolución, el concesionario no cumpliera con
las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto
del cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los
Estudios de Factibilidad y la presentación de los mismos,
dentro del plazo que establece dicho Cronograma, la
Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía
otorgada.
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el diario of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1268763-1
Otorgan a favor de Hidrandina S.A.,
concesión eléctrica rural para desarrollar
la actividad de distribución de energía
eléctrica en las zonas comprendidas en el
proyecto “PSE Rural Usquil - Huaranchal”
(Se publica la presente Resolución Directoral del
Ministerio de Energia y Minas, solicitado mediante Of‌i cio
N° 1114-2015-MEM/SEG, recibido el 7 de agosto de 2015)
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 022-2014-EM/DGE
Lima, 22 de enero de 2014
VISTO: El Expediente con código N° 65320412, sobre
la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar
la actividad de distribución de energía eléctrica,
presentada por la Empresa Regional de Servicio Público
de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima –
HIDRANDINA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida
N° 11000323 del Registro de Personas Jurídicas de la
Of‌i cina Registral de Trujillo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección
General de Electricidad el 03 de mayo de 2012 bajo el
Registro N° 2186602, el peticionario solicitó la concesión
eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución
de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto “PSE
Rural Usquil – Huaranchal”, que comprende las zonas de:
1) La Ramada, 2) Sahuachique-B, 3) Sahuachique-A, 4)
Shucshuc, 5) El Naranjo, 6) Canibamba Alto, 7) Santa Rosa,
8) Pampa del Valle, 9) Pampa Regada, 10) El Carmelo, 11)
Chichipampa, 12) San Luis de Huaylos, 13) Pampa Verde,
14) Ramón Castilla, 15) J. Orbegoso, 16) Chuquizongo,
17) Cáceres, 18) Ascat, 19) Pampa del Llaro, 20) Los
Angeles, 21) Moncada, 22) Casa Blanca, 23) El Puente,
24) La Colpa, 25) La Tranca, 26) Jacinto Capotillo, 27) San
Andrés, 28) El Manzano, 29) Sacamaca, 30) El Aliso, 31)
Pampa Grande, 32) La Esperanza, 33) La Quida, 34) Igor,
35) La Tuna, 36) Pauganche, 37) La Cortadera, 38) La
Fortuna, 39) Carranday y 40) Tres Piedras, ubicado en los
distritos de Charat, Usquil, Quiruvilca, Huaranchal, Lucma
y Sayapullo, provincias de Otuzco, Santiago de Chuco y
Gran Chimú, departamento de La Libertad y distrito de
Cachachi, provincia de Cajabamba, departamento de
Cajamarca, cuyas coordenadas UTM PSAD56 f‌i guran en
el Expediente;
Que, el peticionario ha presentado la Declaración de
Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución
Gerencial N° 0118-2010-GR/GEMH-LL de fecha 05 de
agosto de 2010, y la Calif‌i cación como Sistema Eléctrico
Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral
Nº 052-2012 EM/DGE, de fecha 06 de marzo de 2012,
conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del
Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional
de Evaluación de Impacto Ambiental, y Reglamento de la
Ley General de Electrif‌i cación Rural, respectivamente;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones
contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General
de Electrif‌i cación Rural concordado con los artículos 28,
29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los
requisitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego
de haber verif‌i cado y evaluado que la peticionaria ha
cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento
de la Ley General de Electrif‌i cación Rural, ha emitido el
Informe Nº 872-2013-DGE-DCE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento
de la Ley General de Electrif‌i cación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional
de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio
Sociedad Anónima – HIDRANDINA S.A., concesión
eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución
de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el
proyecto “PSE Rural Usquil – Huaranchal”, ubicado en los
distritos de Charat, Usquil, Quiruvilca, Huaranchal, Lucma
y Sayapullo, provincias de Otuzco, Santiago de Chuco y
NL20150809.pdf 6 8/10/2015 8:04:44 AM

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR