Resolucion Directoral N° 0172-2023-MTC/12. Aprueban el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 108 “Medidas de Seguridad de la Aviación Civil para los Explotadores Aéreos, Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil, Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas y Aeroclubes” Nueva Edición – Enmienda 1, Revisión 002

Fecha de publicación22 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 9 de marzo de 2023

VISTO: el Informe N° 0151-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico;

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;

Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP con una antelación de quince días calendario;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 657-2019-MTC/12, del 28 de agosto de 2019, se aprobó el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 108 “Medidas de Seguridad de la Aviación Civil para los Explotadores Aéreos, Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil, Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas y Aeroclubes” Nueva Edición - Revisión 001;

Que, en el marco del proceso de elaboración normativa y en cumplimiento del artículo 7 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, mediante Resolución Directoral N° 0690-2022-MTC/12, del 21 de octubre de 2022, se aprobó la difusión a través de la Plataforma Digital Única del Estado peruano del texto del proyecto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 108 “Medidas de Seguridad de la Aviación Civil para los Explotadores Aéreos, Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil, Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas y Aeroclubes” Nueva Edición – Revisión 001, que pasará a ser “Medidas de Seguridad de la Aviación Civil para los Explotadores Aéreos, Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil, Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas y Aeroclubes” Nueva Edición – Enmienda 1, Revisión 002;

Que, la modificación de la norma estriba en la necesidad de compatibilizar nuestras regulaciones con los estándares internacionales, principalmente los establecidos en la Enmienda 18 del Anexo 17 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional;

Que, durante el período de difusión han sido recibidos comentarios que, según el caso, han sido considerados en el...

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