Resolución Directoral Nº 0110-2022-MINCETUR/VMT/DGPDT de Ministerio de Comercio Exterior, 2023

EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
- 2022 - MINCETUR/VMT/DGPDT
VISTOS: Los expedientes 1481555 y 1506296, sobre la solicitud de inscripción
en el Registro de Entidades Autorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental y
otros Instrumentos de Gestión Ambiental Aplicables a las Actividades del Sector Turismo,
presentados por la empresa ECOGESTIÓN CONSULTORES S.A.C.; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece como
derecho fundamental de la persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida; asimismo, el artículo 67° del mismo cuerpo normativo precisa que el
Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los
recursos naturales;
Que, el artículo 2° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, establece que es competencia de
este Organismo, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de
turismo, señalando además que en materia de turismo promueve, orienta y regula la
actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción,
orientación y regulación de la artesanía;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-
MINCETUR y modificado por el Decreto Supremo N° 002-2015-MINCETUR, la Dirección
General de Políticas de Desarrollo Turístico, órgano de línea del Viceministerio de Turismo,
se encarga de ejecutar, evaluar y supervisar el cumplimiento de la política del sector turismo
orientada a contribuir al desarrollo sostenible del mismo, emitiendo la normativa de alcance
nacional respectiva; asimismo, le corresponde formular, coordinar y ejecutar acciones
encaminadas a la mejora de la calidad de los servicios turísticos, la gestión ambiental en el
sector, la facilitación turística, la protección al turista y el fomento de la cultura turística, con
el objeto de asegurar la calidad de la experiencia turística;
Que, el literal q) del artículo 69° del ROF del MINCETUR establece que la Dirección
General de Políticas de Desarrollo Turístico tiene como función expedir resoluciones
directorales en materia de su competencia o que le hayan sido delegadas, en los plazos
previstos por ley;
Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-
PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web:
https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: U0D1GH3I
C. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima
Central Telefónica: 513-6100
www.gob.pe/mincetur
Firmado digitalmente por
GARCIA CRUZ Ruth Milagros FAU
20504774288 hard
Oficina: Dirección General de
Políticas de Desarrollo Turístico
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/11/03 11:45:48-0500
Firmado digitalmente por
ESPINOZA HUERTA Jose Antonio FAU 20504774288 hard
Cargo: Director General de la Dirección General de
Políticas de Desarrollo Turístico
Motivo: Documento Electrónico
Fecha: 2022/11/03 16:20:17-0500

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