Resolucion Directoral Nº 0004-2023-EF/53.01. Modifican la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” y la Directiva N° 0003-2022-EF/53.01 “Normas para el Registro de Información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público”

Fecha de publicación15 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 12 de julio de 2023

VISTO:

El Informe N° 0446-2023-EF/53.06 de la Dirección de Técnica y de Registro de Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable del PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;

Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 044-2021 establece disposiciones referidas a la Planilla Única de Pago del Sector Público, al registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), y al proceso de interoperabilidad del mencionado Aplicativo Informático;

Que, con Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01 se aprobó la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” que tiene por finalidad contribuir con la asignación y utilización eficiente de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la referida Directiva establece el plazo máximo para que las entidades públicas remitan a la DGGFRH la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, esto es, hasta el último día del mes de febrero de cada año;

Que, a la fecha se advierte que solo algunas entidades del Sector Público han presentado la solicitud de opinión favorable para la aprobación de su PAP dentro del plazo establecido; asimismo, es importante considerar que las unidades ejecutoras del sector Salud se encuentran sujetas al cronograma para el proceso de nombramiento del personal de la salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 553-2023/MINSA, el cual contempla la aprobación de sus Cuadros para la Asignación de Personal Provisional (CAP-P) hasta la primera semana de setiembre de 2023, requisito indispensable para la tramitación del PAP;

Que, por su parte, el numeral 15.8 del artículo 15 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 dispone que las entidades del Sector Público deben subsanar las observaciones que le sean formuladas en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles; sin embargo, éstas manifiestan tener inconvenientes para cumplir con remitir el levantamiento de observaciones en el plazo establecido;

Que, el artículo 18 de la Directiva antes mencionada establece que la Resolución de aprobación del PAP y sus anexos son remitidos por la entidad del Sector Público, a la DGGFRH para el registro en el AIRHSP; empero, se ha observado que las entidades no cumplen con remitir dicha documentación para su actualización en el AIRHSP;

Que, de acuerdo con ello, resulta necesario establecer un nuevo plazo para la...

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