San Isidro, 16 de enero del 2024
VISTO:
El Informe N° D000033-2024-COFOPRI-OAJ del 16 de enero de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 3 que la designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;
Que, el artículo 6 de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confianza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia;
Que, de conformidad con el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal — COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente;
Que, el artículo 85 del citado Reglamento de Organización y Funciones establece que el Tribunal Administrativo de la Propiedad es la segunda y última instancia administrativa en materia funcional, integrado por cinco...