Resolucion de alcaldia Nº 387-2023-MDMP. Aprueban la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú

Fecha de publicación22 Septiembre 2023
SecciónSección Única
96 NORMAS LEGALES Viernes 22 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Que, el articulo IV del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, indica que los
gobiernos locales representan al vecindario, promueven
la adecuación prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su
circunscripción.
Que, es política de la presente gestión reconocer
el esfuerzo de las personas naturales y/o jurídicas,
nacionales y/o extranjeras, así como de las instituciones
públicas o privadas que con sus logros y acciones
contribuyan al desarrollo cívico, moral, cultural, económico
y social, con incidencia en este Distrito, en el progreso de
cualquier aspecto de la vida humana.
Que, mediante Informe N° 020-2023-MDMP/
OGSGD la Ocina General de Secretaria y Gestión
Documentaria, hace la propuesta de Ordenanza sobre
el Reglamento de Distinciones de la Municipalidad
Distrital de Mi Perú.
Que, el proyecto de Ordenanza que aprueba
el Reglamento de Distinciones de la Municipalidad
Distrital de Mi Perú tiene por objeto: a) reconocer y
distinguir los logros realizados por personas naturales
o jurídicas nacionales o extranjeras, que hubiesen
contribuido al progreso y desarrollo en el Distrito de
Mi Perú.
Que, con Informe Legal N° 392 -2023-MDMP/OGAJ
de la Ocina General de Asesoría Jurídica, opina por la
Procedencia de la emisión del Proyecto de Ordenanza
que aprueba el Reglamento de Distinciones de la
Municipalidad Distrital de Mi Perú.
Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido
en los artículos 9° y 39° y 41° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, con el VOTO UNANIME de los
miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la
siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DE CONDECORACIONES DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ
Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO
DE CONDECORACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE MI PERÚ, conforme al anexo que se
adjunta, el cual forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El Reglamento de Distinciones es de aplicación dentro
de la jurisdicción del Distrito de Mi Perú.
Artículo Tercero.- DERÓGUESE la ordenanza Nº
014-MDMP y todas las normas que se opongan a la
presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE que los anexos
señalados en el artículo primero del presente dispositivo
serán publicados en el portal web de la Municipalidad
Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe)
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ocina General
de Secretaria y Gestión Documentaria la publicación de
la presente ordenanza en el Diario Ocial El Peruano y
a la Ocina General de Planeamiento y Presupuesto la
publicación en el Portal Institucional de la entidad edil
(www.munimiperu.gob.pe)
IRVIN T. CHAVEZ LEON
Alcalde
2217531-1
Aprueban la modificación del Manual de
Clasificador de Cargos de la Municipalidad
Distrital de Mi Perú
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 387-2023-MDMP
Mi Perú, 18 de setiembre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MI PERÚ.
VISTO:
El Memorando Nº 1147-2023-MDMP/GM de la
Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 395-2023-OGAJ-
MDMP de la Ocina General de Asesoría Jurídica, el
Memorando Nº 029-2023-MDMP/OGPP de la Ocina
General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum
Nº 1623-2023-OGAF/MDMP suscrito por el Jefe de
la Ocina General de Administración y Finanzas y, el
Informe 629-2023-MDMP-OGAF-ORH de la Ocina de
Recursos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico.
Que, según el Artículo 26° de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, la administración
municipal adopta una estructura gerencial sustentándose
en principios de programación, dirección, ejecución,
supervisión, control concurrente y posterior. Las
facultades y funciones de la misma se establecen en los
instrumentos de gestión y la citada Ley.
Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio
Civil, se aprobó el régimen del Servicio Civil, con la
nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen
mayores niveles de ecacia y eciencia, y presten
efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así
como para promover el desarrollo de las personas que
lo integran.
Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-77-PM/
INAP-DNR y demás modicatorias, dispone la aplicación
del Manual Normativo de Clasicación de Cargos,
aprobado por Resolución Suprema 013-75-PM/INAP, en
todos los organismos públicos.
Que, la Décima Tercera Disposición Transitoria
del Reglamento de la Ley del Servicio Civil – Ley Nº
30057 – aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-
PCM, dispone la vigencia de Clasicador de Cargos del
INAP hasta que se implemente el manual de puestos
tipo; de modo que, para el caso de las entidades con
poco personal, la descripción del perl de los puestos
tipo podrá abarcar funciones y requisitos generales
de más de un rol para un mismo grupo de servidores
civiles.
Que, mediante Ley N° 31419, se dispone los requisitos
mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos
de funcionarios y directivos públicos de libre designación
y remoción, con el n de garantizar la idoneidad en el
acceso y ejercicio de funciones en la Administración
Pública.
Que, el Artículo 13 del Reglamento de la Ley N°
31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-
PCM, prescribe que “Los requisitos establecidos en
disposiciones normativas especícas emitidas por entes
rectores de sistemas administrativos son aplicados
sólo si estos son superiores y/o complementarios a los
regulados en el presente Reglamento. Los entes rectores
de sistemas administrativos son los responsables de
aprobar y actualizar estos perles, previa coordinación
con SERVIR”.
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº
00150-2021-SERVIR-PE, de fecha 16.11.2021, formalizó
el acuerdo de Consejo Directivo en que se aprobó la
Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración
del Manual de Clasicador de Cargos y del Cuadro para
Asignación de Personal Provisional”, estableciendo
condiciones complementarias para la elaboración del
Manual de Clasicador de Cargos;
Que, la precitada directiva, dene al Manual
de Clasicador de Cargos como el documento de
gestión institucional en el que se describen de manera
ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo
su denominación, clasicación, funciones y requisitos
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 22/09/2023 00:25

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