Santa Rosa, 11 de octubre del 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA
VISTO: El Memorándum Nº 638-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 068-2023-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 378-2023-SGRH/GAF/MDSR, Informe Nº 379-2023-SGRH/GAF/MDSR el Informe Nº 402-2023-SGRH/GAF/MDSR, Informe Nº 403-2023-SGRH/GAF/MDSR e Informe Nº 406-2023-SGRH/GAF/MDSR de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Informe Nº 003-2023-CE/MDSR, Informe Nº 004-2023-CE/MDSR e Informe Nº 005-2023-CE/MDSR de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Contrato Administrativo de Servicios – CAS Nº 002-2023, así como el Informe Nº 074-2023-SGREC-GAT/MDSR de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
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