Resolucion de alcaldia N° 236-2023-AL/MDPN. Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra

Fecha de publicación07 Enero 2024
SecciónSección Única
Delegan en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2024, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático

Punta Negra, 1 de diciembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA


VISTO:


El Informe N°385-2023-OGAJ/MDPN, Informe N°365-2023-OGAJ/MDPN emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum N°244-2023-GM/MDPN, Memorándum N°235-2023-GM/MDPN, Memorándum N°227-2023- GM/MDPN emitido por Gerencia Municipal, el Informe N°056-2023-OGPP/MDPN, Informe N°049-2023-OGPP/MDPN, Memorándum Múltiple N°001-2023-OGPP/MDPN emitido por la Oficina General Planeamiento y Presupuesto, Informe N°126-2023-SGGRD-GDT/MDPN emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, Informe N°328- 2023/SSCyT/GDSySM-MDPN emitido por la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte, Informe N°000246- 2023-SGOPC-GDT/MDPN emitido por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, Informe N°103- 2023/SGPVOCyD-GDSySM/MDPN, Informe N°021-2023/SGPVOCyD-GDSySM/MDPN emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal, Ciam, Omaped y Demuna; Informe N°1541-2023-OLYPC-OGAF/MDPN, Informe N°1747- 2023-OLYPC-OGAF/MDPN de la Oficina de Logística y Control Patrimonial, el Informe N°007- 2023/DEMUNA/GDS/MDPN emitido por la Oficina de DEMUNA, Informe N°166-2023-GDSySM/MDPN emitido por la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales, Informe N°143-2023/SGESCyD-GDSySM/MDPN emitido por la Subgerencia de Educación, Cultura, Salud y Deporte, Informe N°051-2023/SGDEYT-GDT/MDPN, Informe N°123- 2023/SGDEYT-GDT/MDPN emitido por la Subgerencia de Desarrollo Económico y Turismo; y demás documentos que sustentan la presente.


CONSIDERANDO:


Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional-Ley N° 30305, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, prescribe que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.


Que, conforme a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el cual señala que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.


Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”.


Que, el numeral 29.1 artículo 29º del TUO de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobada mediante el Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, establece: “En el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades pueden constituir usufructúo, servidumbre común, arrendamiento, cesión de uso, comodato u otros derechos que no impliquen enajenación del inmueble que se encuentra bajo su titularidad o administración, siempre que no se desnaturalice u obstaculice el normal funcionamiento del uso público del bien o la prestación del servicio público”.


Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 028-2022/AL/MDPN, de fecha 08 de febrero de 2022, que aprobó el Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) 2022, de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, la misma que contiene 61 Servicios no Exclusivos, que requieren ser actualizados de acuerdo a las normas legales vigentes y conforme a los Órganos y Unidades Orgánicas vigentes conforme a la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 008-2023/MDPN de fecha 15 de junio de 2023.


Que, mediante Ordenanza Municipal N° 008-2023/MDPN, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Punta Negra; la misma que modifica, suprime y fusiona los Órganos y Unidades Orgánicas que forman parte integrante de ella; asimismo, prescribe las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el artículo 27º, numeral 27) Coordinar y consolidar el proceso de elaboración o actualización del sustento técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE).


Que, mediante Informe N° 049-2023-OGPP/MDPN, de fecha 13 de noviembre de 2023, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la propuesta del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, remitiendo el Informe Técnico en el cual concluye que el Proyecto TUSNE cumple con las formalidades técnicas administrativas y legales para efectos de su aprobación.


Ahora bien, mediante el Informe N° 385-2023-OGAJ/MDPN emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica considera viable aprobar el proyecto del Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, el mismo que consta de sesenta y siete (67) Servicios No Exclusivos, propuesta sustentada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe N° 049-2023-OGPP/MDPN.


Que, en mérito a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y artículo 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;


SE RESUELVE:


Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, el mismo que consta de sesenta y siete (67) Servicios no Exclusivos que, como anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía.


Artículo Segundo.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en la presente Resolución.


Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 028-2022/AL/MDPN, y toda disposición administrativa de igual o inferior jerarquía que se oponga a lo dispuesto en el presente Resolución.


Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE ATENCION AL CIUDADANO Y GESTION DOCUMENTARIA la distribución y/o notificación de la presente a las instancias correspondientes, y la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”; así como, a la OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, el cumplimiento de la publicación del texto íntegro del mismo en el Portal Web de la Entidad: www.munipuntanegra.gob.pe.


Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.


EULOGIO HUYHUA CCACCYA


Alcalde


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA


TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE)


ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N°236-2023/MDPN


UIT= S/. 4950.00


N° DE ORDEN


CÓDIGO


DENOMINACIÓN DEL SERVICIO


REQUISITOS


PRECIO


PLAZO DE ENTREGA


ORGANO QUE PRESTA EL SERVICIO


% UIT


S/.


1


Toma de fotos y/o filmación para Instituciones Educativas en Playas del Distrito de Punta Negra (monto por día)


1. Solicitud dirigida al alcalde.


2. Pago por Derecho de Autorización del Servicio


4.99


247.00


2 días


SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO


2


Toma de fotos y/o filmación para actividades comerciales en Playas y zonas aledañas del Distrito de Punta Negra (monto por día)


1. Solicitud dirigida al alcalde.


2. Pago por Derecho de Autorización del Servicio


10.00


495.00


2 días


SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO


3


Concesión de espacios para ceremonias en las Playas del Distrito de...

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