RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 222-2015/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito y dictan diversas disposiciones

Fecha de publicación02 Octubre 2015
Fecha de disposición02 Octubre 2015
563185
NORMAS LEGALES
Viernes 2 de octubre de 2015
El Peruano
/
INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y ALREDEDORES DEL
DISTRITO DE COMAS; la misma que está compuesta
por cuatro (04) Títulos, siete (07) artículos, dos (02)
Disposiciones Complementarías, y una (01) Disposición
Final. La misma que operara en concordancia con la
Ordenanza Nº 360-MDC ORDENANZA QUE REGULA
LAS RESTRICCIONES A LA VENTA, CONSUMO Y
PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL
DISTRITO DE COMAS, CONFORME A LEY Nº 28681 Y
OTRAS NORMAS LEGALES.
Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio
de la Ordenanza en el Diario O cial El Peruano, y
encargar a la Gerencia Municipal disponga al Órgano
correspondiente, la publicación del íntegro de este
documento en el Portal del Estado Peruano (www.peru.
gob.pe), en el Portal Institucional (www.municomas.gob.
pe), conforme se encuentra establecido en el artículo
15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada
mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI
Alcalde
1294054-1
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 260-MDPP, mediante la cual se otorgaron
beneficios tributarios y no tributarios, así
como incentivos por pago adelantado de
tributos
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014-2015-DA/MDPP
Puente Piedra, 28 de setiembre del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUENTE PIEDRA
VISTO: El Informe Nº 431-2015-GAT/MDPP de la
Gerencia de Administración Tributaria; solicita prórroga
de la Ordenanza Nº 260-MDPP; el Informe Legal Nº 311-
2015-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 260-MDPP, publicado
con fecha 23 de junio de 2015, se otorgaron bene cios
tributarios y no tributarios, así como incentivos por pago
adelantado de los tributos correspondientes al periodo
2015, dentro de Distrito de Puente Piedra, cuya vigencia
culminaba el 30 de junio de 2015, la misma que fue
prorrogada hasta el 31 de julio de 2015 mediante Decreto
de Alcaldía Nº 007-2015-DA/MDPP posteriormente hasta
el 31 de agosto de 2015, a través del Decreto de Alcaldía
Nº 011-2015-DA/MDPP, y recientemente hasta el 30 de
setiembre mediante Decreto de Alcaldía Nº 012-2015-DA/
MDPP;
Que, mediante Informe Nº 431-2015-GAT/MDPP, la
Gerencia de Administración Tributaria mani esta que con
los bene cios tributarios otorgados mediante la Ordenanza
Nº 260-MDPP, durante los meses de julio y agosto se
logró incrementar considerablemente los ingresos por
tributos, y que durante el presente mes de setiembre se
viene manteniendo el nivel de recaudación, no obstante,
indica que a efectos de asegurar el cumplimiento de la
Meta 23 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión
y Modernización Municipal, referida al incremento de la
recaudación del impuesto predial, resulta conveniente
prorrogar los referidos bene cios durante el mes de
setiembre;
Que, la Segunda Disposición Complementaria de la
Ordenanza Nº 260-MDPP, faculta al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la
misma;
Que, en ese sentido resulta pertinente acoger la
propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria
y prorrogar la vigencia de los bene cios tributarios y no
tributarios aprobado por el Concejo Distrital de Puente
Piedra mediante Ordenanza Nº 260-MDPP;
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del
artículo 20 y a lo señalado por el artículo 42 de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 31 de octubre
de 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 260-MDPP.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de
la Información y Gobierno Electrónico, y demás órganos
competentes, el estricto cumplimiento del presente
Decreto.
Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación
conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MILTON F. JIMENEZ SALAZAR
Alcalde
1294860-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de la
habilitación urbana de inmueble ubicado
en el distrito y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 222-2015/MDSMP
San Martín de Porres, 27 de agosto de 2015.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE
PORRES
VISTO:
El Memorándum Nº 569-2015-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de la
Habilitación Urbana de O cio de la Asociación de Vivienda
“Villa Residencial Santa Rosita”;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de O cio, del terreno constituido por la parcela
signada con U.C Nº 10240 Fundo Santa Rosa inscrito
en la partida registral Nº 43918788, del Registro de
Propiedad Inmueble de Lima, que se encuentra ubicado
en nuestra jurisdicción, y sobre el cual se ha constituido la
“Asociación de Vivienda Villa Residencial Santa Rosita”,
cuya área total es de 23,200.00 m2, ubicado en esta
jurisdicción, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante Informe Nº 270-2015-SGCHU-GDU/
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas, señala que recogiendo el Informe Nº
153-2015-MRO-SGCHU-GDU-MDSMP del Tecnico de
la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas,
el cual da cuenta que el terreno de 23,200.00 m2,
sobre el cual se desarrolla la “Asociación de Vivienda
Villa Residencial Santa Rosita”, con uso residencial, se
encuentra totalmente consolidado respecto al área útil con

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