Punta Hermosa, 12 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUNTA HERMOSA
VISTO:
El Informe Nº 069-2023-MDPH.OSG, de fecha 25 de setiembre de 2023, emitido por la Oficina de la Secretaria General, Informe 205-2023-OAJ-MDPH, de fecha 19 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, Informe Nº 171-2023-OPPyM/MDPH, de fecha 11 de diciembre de 2023 emitido por la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 222-2023-OAJ-MDPH, de fecha 12 de diciembre del 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de nuestra Carta Magna, modificado por la Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución del Perú, Ley Nº 30305, expresamente señala, que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley”;
Que, en el Art. 43.4º del TUO de la ley Nº 27444, establece que, los servicios que non sean prestados en exclusividad por la entidad deben ser aprobados por Resolución de su Titular, estableciéndose en el mismo instrumento los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;
Que, con relación a los servicios que no son prestados en exclusividad por las entidades, en principio estos están referidos a actividades económicas que también pueden ser desarrolladas por el sector privado, sin embargo, el Art. 43.4º limita dicha intervención al establecer que esta debe efectuarse en estricta observancia de lo dispuesto en el Art. 60º de la Constitución Política; de modo que el estado podrá intervenir en el mercado solo en los casos en el que el sector privado no tenga la capacidad para satisfacer la demanda o que su actividad sea insuficiente, encontrándose la Administración Pública, al igual que los privados, en la obligación de respetar las diferentes normas de represión de competencia desleal, a fin de ser concordantes con el régimen económico vigente;
Que, mediante informe Nº 069-2023-MDPH-OSG, la Oficina de Secretaria General ha consolidado la propuesta de diversos servicios no exclusivos correspondientes a las unidades orgánicas de Gerencia de Desarrollo Humano y Social Desarrollo Económico y Turismo, Oficina de Secretaria General, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Sub Gerencia de Registro y Fiscalización Tributaria y Gerencia de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial, a efectos de modificar el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) vigente de la entidad, aprobado por la Resolución de Alcaldía Nº 091-2017-MDPH, cuya revisión advierte sin embargo que algunos no tienen el carácter de servicios que no sean prestados en exclusividad, conforme a la descripción señalada en el punto precedente, cono es el caso de autorización de la vía pública para extensión de actividades comerciales (SGDEyT) y la Inspección Ocular para Levantamiento de inscripción predial (SGRyFT), entre otros;
Que, mediante Informe 205-2023-OAJ-MDPH, de fecha 19 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que afectos de consolidar el nuevo TUSNE de la entidad, resulta necesario la Opinión Técnica previa del despacho de Planeamiento Presupuesto y Modernización, respecto a la propuesta remitida, conforme a lo establecido en el núm. 29 del Art.37º del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, remitiendo para tal fin los actuados que anteceden;
Que, mediante Informe Nº 171-2023-OPPyM/MDPH, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ratifica la propuesta de Servicios No Exclusivos prestados por la entidad contenida en el Informe Nº 144-2023-OPPyM/MDPH solicitando opinión legal para su correspondiente aprobación;
Que, mediante Informe Nº 222-2023-OAJ-MDPH, de fecha 12 de diciembre del 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica señala que estima procedente a efectos de que se proyecte el acto resolutivo que disponga la aprobación del TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS-TUSNE- DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, por el titular de la entidad conforme a lo dispuesto en el Art. 43.4º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Estando a los considerandos expuestos y en uso a las facultades conferidas en el inciso 6) del Art 20º y Art 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972 y modificatorias, se;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE- de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 091-2017-MDPH y cualquier otra norma que se oponga a la presente.
Articulo Tercero.- DISPONER el estricto cumplimiento del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE- de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, a todos los órganos y unidades orgánicas de le entidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad Funcional de Tecnología de la Información dependiente de la Gerencia Municipal, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO
Alcalde
ANEXO |
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TARIFARIO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS UNIDAD ORGÁNICA |
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UNIDAD ORGÁNICA: GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL |
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DENOMINACIÓN DEL SERVICIO |
REQUISITOS |
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LUGAR |
COSTO |
|
Alquiler de canchas de grass sintético/ escuelas deportivas |
Pago de derecho alquiler |
POR HORA |
COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL / PARQUE LIZANO |
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. |
S/. 20.00 |
De 6:00 p.m. a 10:00 p.m. |
S/. 40.00 |
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Alquiler de Lozas Deportivas |
Pago de derecho alquiler |
POR HORA |
PARQUE LIZANO |
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. |
S/. 20.00 |
De 6:00 p.m. a 10:00 p.m. |
S/. 40.00 |
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COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL |
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Alquiler de Estadio Municipal para eventos deportivos |
Solicitud dirigida al Alcalde detallando el motivo del alquiler, fechas y horario. |
POR HORA |
ESTADIO RAMON MIFFLIN |
S/. 200.00 |
|
Pago del derecho de alquiler |
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Alquiler del Estadio Municipal |
Pago de derecho alquiler |
POR HORA |
ESTADIO RAMON MIFFLIN |
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. |
S/. 40.00 |
De 6:00 p.m. a 10:00 p.m. |
S/. 70.00 |
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Alquiler del Coliseo Deportivo Municipal para eventos corporativos o no deportivos |
Pago de derecho alquiler |
POR HORA |
COLISEO MUNICIPAL |
De 8:00 a.m. a 8:00 p.m. |
S/. 200.00 |
Alquiler del Coliseo Deportivo Municipal/ escuelas deportivas |
Pago de derecho de alquiler |
POR HORA |
COLISEO MUNICIPAL |
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. |
S/. 30.00 |
De 6:00 p.m. a 10:00 p.m. |
S/. 40.00 |
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Alquiler de Estadio Municipal para eventos culturales, corporativos o no deportivos) |
Solicitud dirigida al Alcalde detallando el motivo del alquiler, fechas y horario. |
POR DIA |
ESTADIO RAMON MIFFLIN |
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. |
S/. 1500.00 |
Pago del derecho de alquiler |
POR HORA |
De 6:00 p.m. a 10:00 p.m. |
S/. 200.00 |
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Talleres Deportivos Municipales Verano (enero - febrero) (residentes) |
1. Ficha de Inscripción 2 . Copia DNI del alumno y del padre de familia o apoderado 3 . Pago por derecho de escuela |
POR MES |
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S/. 20.00 (según cupos) |
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Escuelas deportivas Municipales - Talleres Verano (enero - febreo) ( no residentes) |
1. Ficha de Inscripción 2 . Copia DNI del alumno y del padre de familia o apoderado 3 . Pago por derecho de escuela |
POR MES |
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S/. 30.00 (según cupos) |
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Alquiler de Sala de eventos del Centro Cultural |
Solicitud dirigida al Alcalde detallando el motivo del alquiler, fechas y horario. |
POR FECHA |
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Derecho de Alquiler: S/ 800.00 Garantía: S/1,200.00 |
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Pago del derecho de alquiler |
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FIESTAS INFANTILES EN PARQUES o SIMILARES De Lunes a Domingo de 08:00 a 18:00 horas (En temporada de verano solo se permitirá de Lunes a Viernes), permitiéndose solo un evento por semana. |
1. Ser vecino residente del Distrito de Punta Hermosa (persona natural) debiendo acreditarlo (indicar NP contribuyente), si no es propietario, debe presentar el contrato de arrendamiento o recibo de servicios, se sugiere hacer uso para la realización del evento el parque de su sector. |
POR SEMANA |
Según petición |
Evento |
S/ 150.00 |
ACOTACIONES:... |