RESOLUCION DE ALCALDIA N° 133-2015-MDL - Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad

Fecha de disposición20 Mayo 2015
Fecha de publicación20 Mayo 2015
El Peruano
Miércoles 20 de mayo de 2015 552925
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS
POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY
ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO
MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA PROHIBICIÓN
DE COLOCAR PLACAS RECORDATORIAS QUE
CONTENGAN EL NOMBRE DE AUTORIDADES
EDILES EN LA INAUGURACIÓN Y/O
REMODELACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EN EL
DISTRITO DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero.- PROHÍBASE la colocación de
placas recordatorias, rótulos, gravados o leyendas que
contengan el nombre de las autoridades ediles en la
inauguración y/o remodelación de obras públicas de
cualquier tipo en la jurisdicción del Distrito de Jesús
María
Artículo Segundo.- ORDÉNESE el retiro de
toda placa recordatoria, rótulos, gravados o leyendas
colocadas por anteriores autoridades ediles con motivo
de la inauguración y/o remodelación de obras públicas
de cualquier tipo en la jurisdicción del Distrito de Jesús
María.
Artículo Tercero.-.Déjese sin efecto toda norma o
disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la
presente Ordenanza a todas las unidades orgánicas de
esta Corporación Edil y su publicación conforme a ley a la
Secretaria General.
POR TANTO:
Mando se regístre, publíque y cumpla.
CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
1238518-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Texto Único de Servicios
No Exclusivos (TUSNE) de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 133-2015-MDL
Lince, 29 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE
VISTO: El proyecto del Texto Único de Servicios
No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de
Lince, Memorando Nº 095-2015-MDL-GSAT de fecha 22
de abril 2015, emitido por la Gerencia de Servicios de
Administración Tributaria, Informe Nº 093-2015-MDL-GAJ
de fecha 24 de abril de 2015, emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos
74º y 194º reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, concordante con lo establecido por el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, dispone que
para aquellos servicios que no sean prestados en
exclusividad, las entidades, a través de Resolución del
Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos
correspondientes a los mismos, los que deberán ser
debidamente difundidos;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 043-2015-
MDL de fecha 30 de enero de 2015 publicada en el
diario of‌i cial El Peruano con fecha 13 de febrero de 2015
se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos
de la Institución Educativa MICAELA BASTIDAS DE
CONDORCANQUI;
Que, mediante Memorando Nº 049-2015-MDL-
GPPDC de fecha 30 de marzo de 2015, la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo
indica que por haberse modif‌i cado Reglamento de
Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de
Lince, aprobado a través de la Ordenanza Nº 346-2015-
MDL, se tienen que adecuar los diferentes instrumentos
de gestión, como es el caso del Texto Único de Servicios
No Exclusivos (TUSNE);
Que, mediante Memorando Nº 095-2015-MDL-
GSAT de fecha 22 de abril de 2015, la Gerencia de
Servicios de Administración Tributaria señala que
resulta necesario que la Municipalidad de Lince
cuente con un Texto Único de Servicios No Exclusivos
(TUSNE); por lo que cumple con elevar el proyecto
del TUSNE para ser aprobado mediante Resolución
del Titular;
Que, mediante Informe Nº 093-2015-MDL-GAJ de
fecha 24 de abril de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica
encuentra conforme el Memorando Nº 095-2015-MDL-
GSAT de fecha 22 de abril de la Gerencia de Servicios de
Administración Tributaria, emitiendo opinión favorable por
la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos
de la Municipalidad Distrital de Lince;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley N°
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de
Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
Distrital de Lince, el mismo que como Anexo forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- INCORPORESE a la presente
Resolución de Alcaldía, los Servicios No Exclusivos
(TUSNE) de la Institución Educativa MICAELA BASTIDAS
DE CONDORCANQUI, aprobados mediante Resolución
de Alcaldía Nº 043-2015-MDL de fecha 30 de enero de
2015.
Artículo Tercero.- DEROGAR las normas de similar
naturaleza que se opongan a lo establecido en la presente
Resolución.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo
la generación de los clasif‌i cadores de ingreso
correspondientes y a la Gerencia de Comunicaciones e
Imagen su difusión de la presente Resolución.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General
la publicación de la presente Resolución en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo
y Tecnología la publicación del integro del anexo en el
Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince:
www.munilince.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
1239171-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Ordenanza que incentiva la
actualización de declaraciones de
predios denominado “Alerta Predial”
en el distrito
ORDENANZA Nº 295
San Juan de Lurigancho, 30 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 30 de
abril de 2015, el Memorándum N°. 0596-2015 de fecha
23 de abril de 2015, de la Gerencia Municipal, el Informe

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