RESOLUCION DE ALCALDIA N° 1028-2014-MPC-AL - Disponen modificación de la R.A. N° 000067, que declaró la habilitación urbana de oficio a nivel de recepción de obras de predio ubicado en el Ex Fundo Bocanegra de la Provincia Constitucional del Callao

Fecha de disposición07 Noviembre 2014
Fecha de publicación07 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 7 de noviembre de 2014 537093
que vienen apersonándose a regularizar la situación de
sus adeudos tributarios, así como la predisposición plena
de querer regularizarlos y no continuar manteniéndolas, es
conveniente ampliar el plazo de vencimiento de la referida
Ordenanza contemplada en su artículo segundo; con la
f‌i nalidad de que puedan acogerse a los incentivos que se
vienen brindando.
Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la
Ordenanza mencionada faculta al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias y reglamentarias, para la adecuada
aplicación de la presente Ordenanza, así como su prórroga
de ser el caso, previo informe de necesidad de la Sub
Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación.
Estando las atribuciones conferidas por el articulo 42º
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento dispuesto en el artículo segundo de la
Ordenanza Nº 396-2014-MDR, hasta el 29 de noviembre
del 2014.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Rentas y sus unidades orgánicas que la componen, el
cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria
General su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano, a la
Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento y publicación
en la página web de la Municipalidad: www.munirimac.gob.
pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y a
la Gerencia de Imagen y Comunicación Social su difusión.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1160739-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Disponen modificación de la R.A.
Nº 000067, que declaró la habilitación
urbana de oficio a nivel de recepción
de obras de predio ubicado en el Ex
Fundo Bocanegra de la Provincia
Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 1028-2014-MPC-AL
Callao, 9 de octubre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO.
Visto: El Informe Técnico Nº 002-2014-MPC-GGDU-
GPUC-LASC de fecha 27 de marzo del 2014, emitido por la
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente
de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, la Resolución
de Gerencia General Nº 150-2014-MPC/GGDU de fecha
14 de abril del 2014 y la Resolución de Alcaldía Nº 000067
de fecha 3 de febrero del 2010; y,
Considerando:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000067 de
fecha 3 de febrero del 2010, se resolvió declarar Habilitado
de Of‌i cio a nivel de Recepción de Obras el predio ubicado
en el Ex Fundo Bocanegra de la Provincia Constitucional del
Callao, con frente a la Av. Alejandro Bertello, inscrito en la Ficha
Registral Nº 18431-B, continuada en la Partida Electrónica Nº
70059031 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao,
con un área de de 12,700.00 m2, aprobándose el Plano de
Replanteo y Memoria Descriptiva;
Que, el referido acto administrativo, no ha logrado
ser inscrito registralmente hasta la fecha, pues los actos
administrativos de inscripción efectuados por el Titular
Registral Constructora Palermo SAC, no han podido
culminar debido a observaciones técnicas efectuadas por
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
– SUNARP, lo que ha generado las modif‌i caciones
correspondientes;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en
funciones específ‌i cas exclusivas de las municipalidades
provinciales: aprobar la regulación provincial respecto
del otorgamiento de licencias y las labores de control
y f‌i scalización de las municipalidades distritales en las
materias reguladas por los planes antes mencionados,
de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre:
Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación
o demolición;
Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2014-MPC-
GGDU/GPUC/LASC de fecha 27 de marzo del 2014, la
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente
de la Gerencia General de Desarrollo Urbano emite opinión
recomendando que se efectúen modif‌i caciones técnicas al
Plano de Replanteo y Lotización y a la Memoria Descriptiva
de la Habilitación Urbana de Of‌i cio, en referencia a las
observaciones formuladas por los Registros Públicos,
previa rectif‌i cación de áreas y linderos del predio materia
de trámite:
Que, siguiendo las recomendaciones del informe
técnico antes citado, la Gerencia de Planeamiento Urbano
y Catastro emite el Informe Técnico Nº 003-2014-MPC/
GGDU/GPUC/LASC de fecha 28 de marzo del 2014,
generándose la Resolución de Gerencia General Nº 150-
2014-MPC/GGDU de fecha 14 de abril del 2014, la cual
resuelve disponer la rectif‌i cación de áreas y linderos por
error en el cálculo del predio inscrito en la Ficha Registral Nº
18431-B, continuada en la Partida Electrónica Nº 70059031,
en consecuencia, en el asiento B 00001 de dicha partida,
corre inscrita una rectif‌i cación de áreas y linderos por error
en el cálculo, consignándose un área de 11,877.11 m2, al
amparo del Tercer Precedente de Observancia Obligatoria
del Pleno 29 y conforme al Informe Técnico Nº 7980-2014-
SUNARP-ZR Nº IX/OC del 8 de mayo del 2014, con fecha
13 de mayo del 2014;
Que, existiendo discrepancias en el área habilitada de
of‌i cio, la cual no concuerda con el área total resultante de
la construcción de la poligonal con las medidas inscritas,
corresponde la modif‌i cación de la Resolución de Alcaldía
Nº 000067 de fecha 3 de febrero del 2010, debiendo
modif‌i carse el Plano de Replanteo y Lotización, así como la
Memoria Descriptiva consignándose un área de 11,877.11
m2. Asimismo, para efectos de inscripción registral la
valorización de la Habilitación Urbana, asciende a un total
de S/. 115,283.77 (ciento quince mil doscientos ochenta y
tres con 77/100 nuevos soles);
Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias
Generales de Desarrollo Urbano y Asesoría Jurídica
y Conciliación y Gerencia Municipal, de conformidad
con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 y lo establecido en la Ley Nº
29090 – Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones
y su Reglamento, estando a lo informado por la Gerencia
de Planeamiento Urbano y Catastro;
RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la modif‌i cación de la Resolución
de Alcaldía Nº 000067 de fecha 3 de febrero del 2010, que
declaró la Habilitación Urbana de Of‌i cio a nivel de Recepción
de Obras para el predio ubicado en el Ex Fundo Bocanegra
de la Provincia Constitucional del Callao, con frente a la Av.
Alejandro Bertello, inscrito en la Ficha Registral Nº 18431-
B, continuada en la Partida Electrónica Nº 70059031 del
Registro de la Propiedad Inmueble del Callao.
Artículo 2.- Aprobar el Plano modif‌i cado de Replanteo
de Habilitación Urbana de Of‌i cio, signado con el Código
Nº 016-2014-MPC-GGDU-GPUC, así como la Memoria
Descriptiva, quedando de la siguiente manera:
DENOMINACION AREA (m2)
Area Total Bruta 11,877.11 m2
Area Util 7,160.05 m2
Area de Vías 2,539.53 m2
Area de Compensación 2,177.53 m2

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