Ventanilla, 14 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
El Informe Nº 3148-2023-MDV-GAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorando N° 2333-2023/MDV-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Legal N° 426-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído N° 8489-2023 de la Gerencia Municipal, respecto a la emisión del documento autoritativo que designe al Ejecutor Coactivo, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, estipula taxativamente en su numeral 7.1 del artículo 7° que, “ La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos”, cuyas formalidades para el ingreso a la Administración Pública se encuentran debidamente establecidas en los artículos 28° y 30° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, dispositivo legal que aprobó...