RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 91-2015-P-CSJCL/PJ - Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao

Fecha de disposición19 Febrero 2015
Fecha de publicación19 Febrero 2015
El Peruano
Jueves 19 de febrero de 2015 546993
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que se asigne al Juez
Superior Miguel Ángel Tapia Cabañín, la plaza de Juez
Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de
Lima que correspondía a la doctora Carolina Lizárraga
Houghton, quien ha formulado renuncia al cargo.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la
Magistratura, Of‌i cina de Control de la Magistratura del
Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huaura
y Lima, Gerencia General del Poder Judicial; y al referido
Juez Superior, para su conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1202093-2
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Encargan el Despacho de la Presidencia
de la Corte Superior de Justicia del
Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 91-2015-P-CSJCL/PJ
Callao, 17 de febrero de 2015.
LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL CALLAO
VISTO:
El documento Externo N° 1415-2015 remitido por
el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento de Vistos, el Secretario
General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone
en conocimiento la resolución de fecha 11 de febrero de
2015 expedida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, a través de la cual se concede al suscrito
el goce de vacaciones pendientes del diecinueve al
veintidós de febrero del presente año.
Que, estando a lo expuesto, se hace necesario encargar
el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de
Justicia del Callao, al señor doctor Walter Benigno Ríos
Montalvo, en su condición de único Juez Superior Titular,
en funciones, por vacaciones de todos los señores Jueces
Superiores Titulares de esta Corte Superior de Justicia,
mientras dure el periodo de ausencia del Presidente de
Corte, de conformidad con lo establecido en el artículo 89°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
En consecuencia, estando a las facultades otorgadas
a los Presidentes de Corte, por el artículo 90° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial
antes citada.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao,
al señor Doctor WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO,
Juez Superior, Presidente de la Sala Mixta de Vacaciones
de la Corte Superior de Justicia del Callao, en adición a
su labor jurisdiccional, por los días 19 y 20 de febrero del
presente año.
Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución
en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
de la Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder
Judicial, de la Of‌i cina Desconcentrada de Control de la
Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración
Distrital, de la Of‌i cina de Imagen Institucional de la Corte
del Callao, y del Magistrado interesado para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
CESAR HINOSTROZA PARIACHI
Presidente
1202095-1
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Acuerdan abstenerse de recibir
condecoraciones u otros honores que
sean otorgados por las autoridades y
gobiernos regionales y municipales
ACUERDO
(28 de enero de 2015)
De conformidad con el artículo 178, numerales 3 y 4,
de la Constitución Política del Perú, la labor jurisdiccional
del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no solo
comprende los procesos de elección de autoridades a
nivel nacional, regional y local, y la consulta popular de
referéndum o de revocatoria del mandato de autoridades,
sino que, a su vez, se materializa resolviendo en instancia
f‌i nal y def‌i nitiva los procedimientos de declaratoria
de vacancia y suspensión de autoridades regionales
y municipales, así como atendiendo los pedidos de
inhabilitación de las referidas autoridades.
En este contexto, teniendo en cuenta que el artículo
8, numeral 1, de la Ley N.° 27815, Ley del Código de
Ética de la Función Pública, prohíbe, entre otros, aceptar
situaciones en cuyo contexto, los intereses laborales
pudieran estar en conf‌l icto con el cumplimiento de los
deberes y funciones del cargo, resulta pertinente adoptar
las medidas necesarias para evitar incurrir en dicha
prohibición.
Por ello, ratif‌i cando la actuación de los miembros
que componen este colegiado, de acuerdo al principio
de probidad que rige la función pública, este Supremo
Tribunal Electoral considera conveniente abstenerse de
recibir condecoraciones, distinciones, reconocimientos,
diplomas u otros honores que sean otorgados por parte
de las autoridades y gobiernos regionales y municipales,
provinciales y distritales.
Finalmente, es oportuno reiterar el compromiso por
parte de este organismo electoral de participar activamente
en todos aquellos eventos académicos y actividades
de fomento de la democracia y la gobernabilidad que
promuevan los gobiernos regionales y municipales.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
ACUERDA
Primero.- ABSTENERSE de recibir condecoraciones,
distinciones, reconocimientos, diplomas u otros honores
que sean otorgados por parte de las autoridades y
gobiernos regionales y municipales, provinciales y
distritales.
Segundo.- RATIFICAR el compromiso por parte
de este organismo electoral, de participar activamente
en todos aquellos eventos académicos y actividades
de fomento de la democracia y la gobernabilidad que
promuevan los gobiernos regionales y municipales,
provinciales y distritales.
Tercero.- PONER el presente acuerdo en conocimiento
de los gobiernos regionales y municipales, provinciales
y distritales, de la Asamblea Nacional de Gobiernos

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