RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 430-2014-P-CSJLE/PJ - Disponen depuración de expedientes judiciales en el mes de diciembre e inventario físico de procesos judiciales en enero de 2015, en el Distrito Judicial de Lima Este

Fecha de publicación27 Noviembre 2014
Fecha de disposición27 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 27 de noviembre de 2014
538564
Disponen depuración de expedientes
judiciales en el mes de diciembre e
inventario físico de procesos judiciales
en enero de 2015, en el Distrito Judicial
de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
N° 430-2014-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, 26 de noviembre de 2014
VISTOS:
Las Resoluciones Administrativas Nº 407-2010-CE-PJ
y N° 251-2013-CE-PJ, dictadas por el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Por Resolución Administrativa N° 251-
2013-CE-PJ de fecha 30 de octubre del año 2013, se
dispone que los Órganos Jurisdiccionales realicen el
inventario físico de procesos judiciales (principales,
incidentes y otros) la primera quincena de enero de
cada año, quedando modif‌i cada en este extremo la
Resolución Administrativa N° 407-2010-CE-PJ, de fecha
13 de diciembre de 2010. Asimismo, estableció que
durante la segunda quincena del mes de diciembre de
todos los años, los órganos jurisdiccionales realizarán
la depuración de expedientes, excluyendo del inventario
a realizar los procesos en condición de ser remitidos al
archivo def‌i nitivo.
Segundo: Siendo así, corresponde disponer que
los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial,
efectúen la depuración de los expedientes judiciales
durante la segunda quincena del mes de diciembre del
año en curso, así como realicen el inventario físico de
procesos judiciales (principales, incidentes y otros) la
primera quincena de enero de cada año, debiendo la
Of‌i cina de Administración Distrital a través del área de
Informática proporcionar a los órganos jurisdiccionales
el aplicativo pertinente.
Estando a lo expuesto y con las facultades previstas y
otorgadas por los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que los órganos
jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima Este, realicen
la depuración de los expedientes judiciales durante la
segunda quincena del mes de diciembre del presente
año, excluyendo del inventario a realizar los procesos que
se encuentra para archivo def‌i nitivo.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que la primera
quincena del mes de enero del año 2015, realicen el
inventario físico de los procesos judiciales (principales,
incidentes y otros), cuyo procedimiento se regirá bajo los
alcances de la Resolución Administrativa Nº 407-2010-
CE-PJ.
Artículo Tercero.- Los Magistrados de los órganos
jurisdiccionales dirigirán el cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos precedentes, debiendo de presentar a
esta Presidencia la información del inventario en forma
física y a través de medio magnético (CD) al día siguiente
de haber concluido el inventario, conforme a lo dispuesto
en las resoluciones de vistos.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina
Desconcetrada de Control de la Magistratura de este
Distrito Judicial, que efectúe visitas inopinadas de
selección aleatoria a los órganos jurisdiccionales con
la f‌i nalidad de verif‌i car el proceso y resultados de la
depuración e inventario físico dispuesto.
Artículo Ouinto.- DISPONER que la Of‌i cina de
Administración Distrital de esta Corte Superior de
Justicia a través del área de Informática proporcione a
los órganos jurisdiccionales el aplicativo pertinente, bajo
responsabilidad.
Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en
conocimiento dela Gerencia General del Poder Judicial,
Of‌i cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de
esta Corte Superior, Of‌i cina de Administración Distrital, de
los Magistrados de este distrito Judicial.-
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT
Presidenta
1170220-1
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
Autorizan emisión de duplicados de
diplomas expedidos por la Universidad
Nacional de San Antonio Abad del
Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RESOLUCIÓN Nº CU-247- 2014-UNSAAC
Cusco, 26 setiembre de 2014
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
VISTO, el Expediente signado con Nº 423626,
presentado por la señora Sabina Saraya Sinsaya,
solicitando duplicado de Diploma que le conf‌i rió el Grado
Académico de Bachiller en Educación a través del
Programa de Complementación Académica Magisterial-
PROCAM de la Facultad de Educación por motivo de
pérdida; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades
Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de
diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales,
por motivo de pérdida, deterioro y mutilación;
Que, en este sentido la Institución regula el
otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados
Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva,
aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de
09 de noviembre de 2006;
Que, mediante el expediente del Visto, la
administrada solicita la emisión de duplicado de
Diploma que le conf‌i rió el Grado Académico de Bachiller
en Educación - PROCAM, por motivo de pérdida, para
cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los
requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para
el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y
Títulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja
por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia
de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el
Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea
Nacional de Rectores; 4) Copia Certif‌i cada por el
Secretario General de la UNSAAC de la Resolución del
Consejo Universitario que conf‌i ere el Grado Académico
de Bachiller en Educación - PROCAM; 5) Publicación
en el Diario de mayor circulación de la ciudad, del
aviso de la pérdida del Diploma; 6) Dos Fotografías
tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de
Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su
Documento Nacional de Identidad;
Que, conforme a dicha petición, a través del
Informe Nº 29-2014-GT la responsable de Rotulado
de Diplomas de Grados y Títulos de la Oficina de
Secretaria General de la UNSAAC, informa que
habiendo revisado la Base de Datos, se encuentra
que doña: Sabina Saraya Sinsaya, ha optado el
Grado Académico de Bachiller en Educación a través
del Programa de Complementación Académica
Magisterial-PROCAM, de la Facultad de Educación

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