RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 387-2014-CE-PJ - Aprueban propuestas de modificación de los Protocolos de Actuación Conjunta referidos a las medidas limitativas de derechos como el de allanamiento, intervención de las comunicaciones telefónicas, impedimento de salida y levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursátil

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2014
El Peruano
Martes 23 de diciembre de 2014
540786
precedentemente, deviene en pertinente aprobar las
recomendaciones formuladas.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
927-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano
por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar las recomendaciones
presentadas por la Gerencia General del Poder Judicial
referidas al Cuadro de Asignación de Personal (CAP),
contenidas en el Informe N° 001-2014-CTRCAP-PJ,
elaborado por la Comisión de Trabajo para evaluar la
propuesta de reordenamiento del Cuadro de Asignación
de Personal (CAP).
Los anexos 1 y 2 adjuntos al mencionado informe,
forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que los Equipos
Técnicos Distritales de Implementación del Nuevo
Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del
Trabajo presenten propuesta de Cuadro de Asignación de
Personal (CAP), con el apoyo de la Comisión de Trabajo
para evaluar la propuesta de reordenamiento del Cuadro
de Asignación de Personal (CAP).
Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de
Recursos Humanos y Bienestar evalúe la situación del
personal de las Cortes Superiores de Justicia de Lima
Este y Ventanilla.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes
Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de
Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos
Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal
Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Comisión de
Trabajo para evaluar la propuesta de reordenamiento del
Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Órgano de Control
Institucional del Poder Judicial y a la Gerencia General del
Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
Nota.: Los anexos 1 y 2 están publicados en el Portal Web del
Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, página principal, ícono de Resoluciones Administrativas).
1180764-3
Aprueban propuestas de modificación
de los Protocolos de Actuación Conjunta
referidos a las medidas limitativas de
derechos como el de allanamiento,
intervención de las comunicaciones
telefónicas, impedimento de salida y
levantamiento del secreto bancario,
reserva tributaria y bursátil
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 387-2014-CE-PJ
Lima, 19 de noviembre de 2014
VISTOS:
El decreto de la Secretaría General de la Corte
Suprema de Justicia de la República; Ofi cio N° 722-2014-
JUS/DM, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos;
Ofi cio N° 389-2014-GA-P/PJ e Informe N° 148-2014-GA-
P-PJ, presentados por el Jefe (e) del Gabinete de Asesores
de la Presidencia del Poder Judicial, relacionados con la
propuesta de modifi cación de los “Protocolos de Actuación
Conjunta”, aprobados y suscritos por los titulares del Poder
Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
Ministerio del Interior y Ministerio Público.
CONSIDERANDO:
Primero. Que con el propósito de contar con
herramientas efi caces en la lucha contra la delincuencia y
el crimen organizado, en el año 2013 se trabajó de manera
coordinada y en un esfuerzo conjunto con el Ministerio
Público, Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, en la elaboración de los “Protocolos
de Actuación Conjunta”, relacionados a las medidas
limitativas de derechos de allanamiento, impedimento de
salida, intervención de las comunicaciones telefónicas; y
levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y
bursátil; así como la “Guía de Actuación Conjunta contra
la Delincuencia y el Crimen Organizado” como material
didáctico, instrumentos que fueron aprobados por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución
Administrativa N° 134-2014-CE-PJ, del 23 de abril de
2014.
Segundo. Que, en atención a la Ley N° 30077, Ley
contra el Crimen Organizado, vigente desde el 1 de julio del
presente año, los Equipos Técnicos Interinstitucionales del
Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos han realizado
la actualización de los Protocolos de Actuación Conjunta
contra la Delincuencia y el Crimen Organizado de acuerdo
a la nueva normatividad. Estas precisiones contribuirán a
optimizar el trabajo coordinado entre el Ministerio Público
y la Policía Nacional del Perú, en el marco de la reciente
Tercero.Que, en ese sentido, el Informe N° 148-
2014-GA-P-PJ emitido por Jefe (e) del Gabinete de
Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, precisa
que las propuestas formuladas se encuentran orientadas
a actualizar los cuatro “Protocolos de Actuación Conjunta”
teniendo en cuenta las recientes modifi caciones realizadas
así como a superar las difi cultades de aplicación práctica
y operativa constatados en la ejecución de las medidas
limitativas de derechos.
Cuarto.Que, el objetivo central de estos nuevos
Protocolos es uniformizar los procedimientos y criterios a
través de pautas claras y precisas a seguir por parte de
los miembros de la Policía Nacional del Perú, Fiscales, y
Jueces del Poder Judicial, para así contribuir a una válida
y efi caz ejecución de las medidas restrictivas de derechos,
tanto como a una efi ciente investigación criminal. Las
pautas allí establecidas responden de modo efectivo a la
experiencia directa de sus operadores ya que, si bien estos
procedimientos se encuentran regulados en la norma, los
protocolos desarrollan y clarifi can los procedimientos de
investigación con el aporte empírico de sus operadores
directos.
Quinto.Que, siendo así, deviene en conveniente
aprobar la propuesta de modifi cación de los Protocolos
de Actuación Conjunta referidos a las medidas limitativas
de derechos de allanamiento, intervención de las
comunicaciones telefónicas, impedimento de salida y
levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y
bursátil.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
determina como funciones y atribuciones del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás
medidas necesarias para que las dependencias de este
Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N°
943-2014 de la trigésimo novena sesión del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la
intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano
por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones

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