RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 27-2015-P-CSJCL/PJ - Conforman el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao para el año judicial 2015

Fecha de disposición21 Enero 2015
Fecha de publicación21 Enero 2015
El Peruano
Miércoles 21 de enero de 2015
545118
Penal, del Gerente de Administración Distrital de la Corte
del Callao, del Jefe de la Of‌icina Distrital de Imagen
Institucional, de los Señores Magistrados de este Distrito
Judicial, y de los designados para sus f‌ines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese
CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI
Presidente
1190881-1
Conforman el Equipo Técnico Distrital
de Implementación de la Ley Procesal
del Trabajo de la Corte Superior de
Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N°
28-2015-P-CSJCL/PJ
Callao, 13 de Enero del 2015
LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DEL CALLAO
VISTOS Y CONSIDERANDO
Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior
de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito
Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del artículo
90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
establece en su Quinta Disposición Transitoria, que el Poder
Judicial dispondrá la creación e instalación progresiva de
Juzgados y Salas Laborales en los Distritos Judiciales de la
República que lo requieran, para fortalecer la especialidad
laboral a efectos de brindar un servicio de justicia ef‌iciente.
Que, mediante Resolución Administrativa Nro. 002-2012-
CE-PJ de fecha 10 de Enero del 2012, el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial aprobó la estructura organizacional y
funcional del Equipo Técnico Institucional de implementación
de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – ETI LABORAL.
Que, por Resolución Administrativa Nro. 061-2013-
CE-PJ, de fecha 03 de Abril del 2013, el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, aprobó por el plazo de cuatro meses,
la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del
Equipo Técnico Institucional de Implementación de la
Nueva Ley Procesal del Trabajo”, en cuyo artículo 5 literal
b) se establece que el Equipo Técnico mencionado debe
estar integrado por el Presidente de la Corte Superior
de Justicia, quien lo preside; un Juez Superior, un Juez
Especializado, un Juez de Paz Letrado que apliquen la
Nueva Ley Procesal de Trabajo y un Secretario Técnico
– Administrador del Módulo Laboral.
Que, mediante Resolución Administrativa Nro. 294-
2014-P-CSJCL/PJ, se of‌icializó el Acuerdo de Sala Plena de
fecha 04 de Diciembre del año próximo pasado, a través del
cual se proclamó al nuevo Presidente de la Corte Superior
de Justicia del Callao para el período 2015-2016.
Que, en virtud a ello, resulta necesario reconformar el
Equipo Técnico Distrital de Implantación del Nuevo Código
Procesal Penal, estando al nuevo presidente electo.
En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas
a los Presidentes de Corte, por los incisos 3 y 9 del artículo
90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nro. 017-93-JUS.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: CONFORMAR EL EQUIPO TECNICO
DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY PROCESAL
DEL TRABAJO de la Corte Superior de Justicia del Callao, el
mismo que estará integrado de la siguiente manera:
- Dr. CÉSAR JOSÉ HINOSTROZA PARIACHI,
Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao,
quien la presidirá.
- Dr. ENRIQUE FERNANDO RAMAL BARRENECHEA,
Juez Superior Titular de la Sala Laboral Permanente del
Callao, integrante.
- Dr. JUAN CARLOS PRAVIA GUERRERO, Juez
Titular Especializado de Trabajo – Nueva Ley Procesal de
Trabajo, integrante.
- Dr. DIEGO ALONSO BOJORQUEZ CRUZ, Juez
Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado Especializado
en lo Laboral, integrante
- Dr. WALTER YANGALI GAMARRA, Administrador
del Módulo de los Juzgados de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, quien actuará como Secretario Técnico del
Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Ley
Procesal del Trabajo.
Artículo Segundo: PRECISAR que el Equipo Técnico
Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del
Trabajo tiene como funciones las señaladas en el artículo
21 de la Resolución Administrativa Nro. 061-2013-CE-PJ
de fecha 03 de abril del 2013, siendo las siguientes:
a) Planif‌icar, conducir, coordinar, evaluar y monitorear
el proceso de implementación de la Ley Nro. 29497 en
el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a
su consolidación, en concordancia con los objetivos
establecidos por el ETI- NLPT.
b) Formular y elevar al Equipo Técnico Institucional
de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo,
las propuestas de mejoras institucionales en el proceso
de implementación de la reforma procesal laboral, en el
Distrito Judicial que corresponda.
c) Coordinar con los representantes de la Comisión
Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, respecto al proceso de implementación y
aplicación progresiva de la citada norma procesal.
d) Formular y remitir al ETI –NLPT, el plan de
implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo en
el Distrito Judicial; conteniendo el diagnóstico situacional
y la conformación de órganos jurisdiccionales para la
Nueva Ley Procesal del Trabajo y de liquidación.
e) Formular y remitir al Equipo Técnico Institucional
de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo,
los planes de capacitación y difusión, para su evaluación
respectiva.
f) Elaborar y elevar al ETI –NLPT, los informes de
evaluación de la implementación de la Ley Nro. 29497.
g) Promover convenios con el Gobierno Regional,
Municipal y/o Distrital, universidades entre otras
instituciones af‌ines, para viabilizar el proceso de la
reforma procesal laboral.
h) Coordinar con el Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y
con sus órganos de asistencia, los aspectos relacionados
a la reforma procesal laboral.
i) Proporcionar la información que solicite el Equipo
Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley
Procesal del Trabajo y sus órganos de asistencia.
j) Las demás que sean necesarias para el cumplimiento
de sus f‌ines.
Artículo Tercero: DEROGAR, las disposiciones
administrativas que se opongan a la presente resolución.
Artículo Cuarto: PÓNGASE la presente Resolución en
conocimiento de la Of‌icina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, del Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Ley Procesal de Trabajo, de la
Of‌icina Desconcentrada de Control de la Magistratura,
del Gerente General de la Corte Distrital del Callao, de la
Of‌icina Distrital de Imagen Institucional, de los Señores
Magistrados del este Distrito Judicial, y de los designados
para sus f‌ines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI
Presidente
1190882-1
Designan Jueza Supernumeraria del
Primer Juzgado de Paz Letrado de San
Juan de Lurigancho, Corte Superior de
Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 027-2015-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, 20 de enero de 2015

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