RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 246-2015-CE-PJ - Reubican Juzgado Penal Unipersonal Permanente en la provincia de Quispicanchi y disponen que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco efectúe diversas acciones administrativas

EmisorCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2015
558606 NORMAS LEGALES Martes 4 de agosto de 2015 / El Peruano
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los
siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir
del 1º de agosto de 2015:
HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2015
DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la provincia
de Bagua, en adición de sus funciones Sala Penal
Liquidadora de la misma provincia.
DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la provincia
del Yungay, en adición de sus funciones Juzgado Penal
Liquidadora de la misma provincia.
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN
• Sala Penal Liquidadora Transitoria de la provincia de
San Martin, en adición de sus funciones Juzgado Penal
Colegiado de la misma provincia.
DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA
• Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio
de la provincia del Casma.
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015
DISTRITO JUDICIAL DEL SULLANA
• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio
de la provincia de Sullana, en adición de sus funciones
Sala Penal Liquidadora de la misma provincia.
HASTA EL 31 DE ENERO DE 2016
DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO
• Juzgado Penal de Investigación Preparatoria
Transitorio de la provincia de Huánuco, distrito de Amarilis.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la provincia
de Leoncio Prado
Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 15 de
agosto del año en curso, las siguientes medidas en el
Distrito Judicial de Huánuco:
a) El Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del
distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado,
tendrá competencia territorial en toda la provincia de
Leoncio Prado, modi cándose su denominación en
Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la provincia
de Leoncio Prado.
b) El Juzgado Mixto del distrito de José Crespo y
Castillo, provincia de Leoncio Prado, dejará de actuar
como Juzgado Penal Unipersonal y remitirá la carga
tramitada bajo el Código Procesal Penal, al Juzgado
Penal Unipersonal Transitorio de la provincia de Leoncio
Prado, debiendo continuar con los juicios orales ya
iniciados a n de evitar su quiebre, bajo responsabilidad
funcional.
c) El Juzgado Mixto del distrito de José Crespo y
Castillo, provincia de Leoncio Prado, actuará en adición
a sus funciones como Juzgado de la Investigación
Preparatoria con su misma competencia territorial.
d) El Juzgado de Paz Letrado del distrito de José
Crespo y Castillo, provincia de Leoncio Prado, dejará de
actuar como Juzgado de la Investigación Preparatoria y
remitirá la carga tramitada bajo el Código Procesal Penal,
al Juzgado Mixto del distrito de José Crespo y Castillo,
provincia de Leoncio Prado, debiendo continuar con los
procesos judiciales ya iniciados a n de evitar su quiebre,
bajo responsabilidad funcional.
Artículo Tercero.- Disponer, a partir del 15 de agosto
del año en curso, las siguientes medidas en el Distrito
Judicial del Santa:
a) El Juzgado de la Investigación Preparatoria
Transitorio del distrito y provincia de Casma dejará de
actuar como Juzgado Penal Liquidador, modi cando su
denominación en Juzgado de la Investigación Preparatoria
Transitorio del distrito y provincia de Casma.
b) El 1º y 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio
ampliará su competencia territorial en la provincia de
Casma, modi cándose su denominación en 1º y 2º
Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la provincia del
Santa y Casma, respectivamente.
c) El Juzgado de la Investigación Preparatoria
Transitorio del distrito y provincia de Casma remitirá los
expedientes tramitados bajo el Código de Procedimientos
Penales al 1º y 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio
de las provincias del Santa y Casma.
d) Autorizar al Presidente de la Corte Superior
de Justicia del Santa la forma de distribución de los
expedientes tramitados con el Código de Procedimientos
Penales.
Artículo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash,
Huánuco, San Martín, Santa y Sullana; así como a la
Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea
de su competencia, adoptar las acciones y medidas
administrativas que sean necesarias para el adecuado
cumplimiento de la presente resolución e implementación
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público,
Equipo Técnico Institucional de Implementación del
Código Procesal Penal, O cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de
Justicia de Amazonas, Ancash, Huánuco, San Martín,
Santa y Sullana; y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
RAMIRO DE VALDIVIA CANO
Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia
de la República e Integrante del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial
1269381-2
Reubican Juzgado Penal Unipersonal
Permanente en la provincia de Quispicanchi
y disponen que el Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Cusco efectúe
diversas acciones administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 246-2015-CE-PJ
Lima, 22 de julio de 2015
VISTOS:
El O cio Nº 375-2015-ETI-CPP-PJ, cursado por
el Presidente del Equipo Técnico Institucional de
Implementación del Código Procesal Penal; así como
el O cio Nº 070-2015-CED-CSJCU-PJ, remitido por el
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de
Justicia de Cusco, solicita a este Órgano de Gobierno
la reubicación del Juzgados Penal Unipersonal de la
provincia de Canas, Distrito Judicial de Cusco, en Juzgado
Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchi, del
mismo Distrito Judicial, con la nalidad de brindar mayor
celeridad y e ciencia en los procesos judiciales.
Segundo. Que por lo expuesto en el Informe Nº
038-2015-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, remitido por el encargado
del componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Código
NL20150804.pdf 36 8/4/2015 7:35:01 AM

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