RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 211-2015-P-CSJV/PJ - Disponen depuración e inventario de Expedientes Principales, Cuadernos y/o Incidentes de procesos judiciales que se vienen tramitando bajo los alcances del Código Procedimientos Penales 1940 y Nuevo Código Procesal Penal, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
Fecha de disposición | 29 Julio 2015 |
Fecha de publicación | 29 Julio 2015 |
558348 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de julio de 2015 /
El Peruano
c) Otros aspectos relevantes (historia, arqueología,
entre otros)
Dependiendo de las características del ámbito se
pueden incluir secciones que describan la historia,
arqueología, entre otros aspectos culturales que se
consideren relevantes.
IV. PROCESO DE ESTABLECIMIENTO DEL ÁREA
DE CONSERVACIÓN REGIONAL
4.1 Proceso participativo desarrollado para el
establecimiento del Área de Conservación Regional
En esta sección se describe en orden cronológico
en forma resumida las etapas por las que ha pasado el
proceso de establecimiento del ANP. En particular se debe
identifi car las publicaciones realizadas, las reuniones
sostenidas con los diferentes actores, los talleres de
socialización de la propuesta y de ser el caso el proceso
de consulta previa desarrollado.
Las etapas descritas deberán estar sustentadas en
informes, actas, publicaciones que deberán constar en los
ANEXOS del expediente técnico.
4.2 Consolidación de acuerdos:
Se presentará un cuadro consolidando la relación de
titulares de derechos identifi cados en literal b) del numeral
3.3 a que se refi ere este Anexo, e identifi cando para
cada uno el ANEXO en que se encuentran las Cartas de
Entendimiento a que se refi ere el literal b) del numeral 7.5
de esta norma.
En cada uno de los casos en que las Cartas de
Entendimiento contengan puntos en los que no exista
acuerdo entre el titular del derecho y el Gobierno
Regional y aun así el ámbito hubiera sido incluido
dentro del ámbito propuesto para establecer el Área de
Conservación Regional, el Gobierno Regional deberá
justifi car técnicamente porque estas áreas no deberían
ser excluidas de la propuesta de Área de Conservación
Regional, basados en los objetivos de conservación del
área y en el interés público. En caso el titular decida no
fi rmar dicha Carta, el GORE deberá presentar un informe
de la situación. En cualquiera de estos casos, el GORE
deberá sustentar su propuesta de manera tal que el titular
pueda seguir ejerciendo válidamente sus derechos en
armonía con los objetivos del ACR
Adicionalmente se presentará en un cuadro
consolidado la relación de comunidades campesinas o
nativas, identifi cando para cada una el ANEXO en que
se encuentran las Actas en donde conste el acuerdo
otorgado según las normas legales vigentes.
V. OBJETIVOS DE ESTABLECIMIENTO DEL ÁREA
DE CONSERVACIÓN REGIONAL
Los objetivos del establecimiento de un ACR, deben
estar referidos cuando menos a la contribución que realiza
el área a la conservación de la diversidad biológica de la
región y/o del país.
VI. ZONIFICACIÓN SUGERIDA
Se presentará preliminarmente una zonifi cación
sugerida para el ACR, la cual incluirá el mapa y la descripción
por cada zona de: los criterios usados para establecerla y
las normas de uso, las cuales deberán ser consistentes con
las cartas de entendimiento que el Gobierno Regional haya
fi rmado con los titulares de derechos ubicados en ellas y
los acuerdos a que se haya llegado con las comunidades
campesinas y/o nativas de ser el caso.
De acuerdo a la legislación de áreas naturales
protegidas el ámbito puede zonifi carse en:
- Zona de Protección Estricta
- Zona Silvestre
- Zona de Uso Turístico y recreativo
- Zona de Aprovechamiento directo
- Zona de Uso especial
- Zona de Recuperación
- Zona Histórico – Cultural
En la zonifi cación sugerida se deberá tener en cuenta
lo dispuesto por el numeral 7.5 e) de las disposiciones
complementarias de la cuales el presente Anexo forma parte.
VII. ANÁLISIS COSTO- BENEFICIO DEL
ESTABLECIMIENTO DEL ACR
El análisis costo-benefi cio está referido a cuantifi car
y comparar los costos y benefi cios de establecer un Área
de Conservación Regional. En ese sentido, se sugiere
sustentar el análisis costo-benefi cio dentro de un periodo
de tiempo comparable de la siguiente forma:
a. Identifi cación y estimación de los benefi cios que
generan los servicios ecosistémicos producidos por los
ecosistemas conservados dentro del ámbito propuesto
como Área de Conservación Regional.
b. Identifi cación y estimación de los costos de la
gestión del Área de Conservación Regional.
VIII. FINANCIAMIENTO DEL ACR
En este Capítulo se sustentará la forma en que se
propone fi nanciar la gestión del Área de Conservación
Regional. Se establecerá con precisión los fondos o
recursos propios del Gobierno Regional, el que puede
complementarse con arreglos institucionales o de
cooperación externa debiendo acompañarse en ANEXO
copias de los acuerdos suscritos.
IX. IMPACTO EN LA NORMATIVA VIGENTE
El establecimiento del Área de Conservación Regional
no deroga o modifi ca ninguna norma de carácter general.
X. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
XI. ANEXOS
11.1 Mapas del Área de Conservación Regional
Mapas temáticos en formato impreso y digital (shapes).
11.2 Otros de acuerdo a lo que se haya especifi cado
en el texto del expediente técnico.
1267502-1
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen depuración e inventario de
Expedientes Principales, Cuadernos y/o
Incidentes de procesos judiciales que se
vienen tramitando bajo los alcances del
Código Procedimientos Penales 1940 y
Nuevo Código Procesal Penal, en órganos
jurisdiccionales de la Corte Superior de
Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 211-2015-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 24 de julio de 2015.
VISTOS: El Decreto Supremo N° 003-2014-JUS,
Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ del
23 de abril de 2014, y Resolución Administrativa N°
200-2015-CE-PJ de fecha 10 de junio de 2015
NL20150729.pdf 10NL20150729.pdf 10 7/30/2015 9:39:46 AM7/30/2015 9:39:46 AM
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