RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 145-2015-CE-PJ - Aprueban Directiva que establece el Procedimiento para la Formulación del Informe Pericial en Aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497

Fecha de disposición11 Junio 2015
Fecha de publicación11 Junio 2015
El Peruano
Jueves 11 de junio de 2015 554755
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Washington
Tineo Quispe y Juan Carlos Vásquez del Águila del 11 al
12 de junio de 2015, debiendo la SUNAT asumir, con cargo
a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes
terrestres y los viáticos, y;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes
N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-
2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.°
013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida
por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de
Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por
Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT
y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores
Washington Tineo Quispe, Intendente de Aduana de
Tumbes (e), y Juan Carlos Vásquez del Águila, Jefe de
Of‌i cina de Of‌i ciales de la Intendencia de Aduana de
Tumbes, del 11 al 12 de junio de 2015, para participar en la
XII Reunión Binacional de Frontera Tumbes - El Oro, que
se llevará a cabo en la ciudad de Machala, República del
Ecuador, el día 12 de junio de 2015.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2015 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente
detalle:
Señor Washington Tineo Quispe
Pasajes US $ 60,00
Viáticos US $ 370,00
Señor Juan Carlos Vásquez del Águila
Pasajes US $ 60,00
Viáticos US $ 370,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados
trabajadores deberán presentar ante el Titular de la
Entidad, un informe detallado describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje
autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1249348-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva que establece el
Procedimiento para la Formulación del
Informe Pericial en Aplicación de la
Nº 29497
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 145-2015-CE-PJ
Lima, 22 de abril de 2015
VISTO:
El Of‌i cio N° 308-2015-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado
por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Presidente del Equipo Técnico
Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo pone a consideración del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial la propuesta denominada Procedimiento
para la Formulación del Informe Pericial en Aplicación de la
por el referido equipo técnico.
Segundo. Que, la referida propuesta tiene por objetivo
establecer el procedimiento que regula la atención ef‌i ciente
y ef‌i caz de los requerimientos de informes periciales
contables efectuados por los órganos jurisdiccionales
29497. Al respecto, el citado documento normativo cuenta
con la conformidad de la Subgerencia de Planif‌i cación
de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo
a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 318-
2013-P-PJ que aprobó el “Manual para la Formulación de
Documentos Normativos de Gestión del Poder Judicial”.
En ese sentido, se ha previsto que el procedimiento
desarrollado sea de obligatorio cumplimiento para los
órganos jurisdiccionales que aplican el nuevo sistema
procesal laboral en exclusividad o en adición de funciones,
y que requieran la intervención del Perito Judicial para
la atención de informes periciales contables; así como
para las dependencias administrativas involucradas
que se encuentren o no dentro de la estructura del
Módulo Corporativo Laboral aprobado por Resolución
Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. Todo lo cual permitirá,
mejorar y uniformizar el funcionamiento del área de Peritos
del Módulo Corporativo Laboral.
Tercero. Que, el mencionado procedimiento requiere
de un soporte informático que permita registrar el f‌l ujo del
informe pericial entre las áreas intervinientes y facilitar sus
labores; lo cual resulta acorde con el uso de las tecnologías
de la información y modernización del despacho judicial
que promueve este Poder del Estado. Por lo que resulta
necesario que la Gerencia de Informática brinde el apoyo
necesario para el desarrollo del respectivo sistema
informático.
Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina
como función y atribución del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas
necesarias para que las dependencias de este Poder del
Estado funcionen con celeridad y ef‌i ciencia. Por lo que
siendo así, y teniendo en cuenta que es propósito de este
Órgano de Gobierno coadyuvar a la mejora del servicio
de justicia deviene en procedente la aprobación de la
propuesta presentada.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 585-2015
de la vigésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2015-
CE-PJ, que establece el Procedimiento para la Formulación
del Informe Pericial en Aplicación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo - Ley N° 29497, que en documento anexo forma
parte integrante de la presente resolución; disponiéndose
su cumplimiento y difusión.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Informática de la Gerencia General del Poder Judicial
el desarrollo del sistema informático para el registro del
Informe Pericial en aplicación de la Nueva Ley Procesal
Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General
del Poder Judicial brindará el apoyo administrativo que se
requiera, para el cumplimiento de la citada directiva.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la directiva
aprobada en la página Web del Poder Judicial.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de

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