RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 102-2015-P-CSJLI/PJ - Establecen conformación de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y designan Juez Supernumerario

Fecha de publicación12 Marzo 2015
Fecha de disposición12 Marzo 2015
El Peruano
Jueves 12 de marzo de 2015 548413
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales y Escalante Cárdenas; en
uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial; sin la intervención del señor Taboada Pilco por
encontrarse de vacaciones. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar los “Lineamientos para
la Programación y Gestión de Audiencias en la Etapa
de Juicio con el Código Procesal Penal”, los cuales se
detallan en el documento anexo, el mismo que forma
parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia
General del Poder Judicial, a través de la Gerencia de
Informática y sus órganos de línea competentes, brinde el
apoyo logístico y operativo necesario para el desarrollo e
implementación de los lineamientos aprobados.
Artículo Tercero.- Autorizar a la Presidencia del
Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal, a adoptar las medidas necesarias para el
lanzamiento de dicha herramienta de gestión, su correcta
aplicación, y cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que los Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia del país, y la Gerencia General
del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia,
adopten las medidas administrativas que sean pertinentes
para el cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia del país, Presidencia del Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal, Comisión Nacional de Productividad
Judicial; así como a la Gerencia General del Poder
Judicial y Gerencia de Informática, para su conocimiento
yf‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
Nota.: Los Lineamientos para la Programación y
Gestión de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Código
Procesal Penal, esta publicado en el Portal Web del Poder
Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, página principal, ícono de Resoluciones
Administrativas).
1210260-3
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Modifican denominación de sala de
la Corte Superior de Justicia de Lima
por la de 3º Sala Civil Permanente de
Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 101-2015-P-CSJLI/PJ
Lima, 16 de febrero de 2015
VISTOS: La Resolución Administrativa N° 383-
2014-CE-PJ de fecha 19 de noviembre de 2014; y La
Resolución Administrativa N° 425-2014-CE-PJ de fecha
17 de diciembre de 2014; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa N°
383-2014-CE-PJ, se resuelve convertir a partir del primero
de enero de 2015, la 1° y 3° Salas Civiles Permanentes
de la Corte Superior de Justicia de Lima, en 6° y 7° Salas
Laborales Permanentes del Distrito Judicial de Lima,
las cuales liquidarán exclusivamente expedientes de la
Antigua Ley Procesal del Trabajo N° 26636 en todo el
Distrito Judicial, al igual que sus homólogos 1° y 2° Salas
Laborales Permanentes de Lima.
Segundo.- Que, la citada norma, dispone que a partir
del 1 de enero de 2015 se modif‌i quen la denominación de
la 5° y 6° Salas Civiles Permanentes de Lima, como 1° y
3° Sala Civiles Permanentes de Lima.
Tercero.- Que, mediante Resolución Administrativa
N° 425-2014-CE-PJ, se resuelve desestimar el recurso
de reconsideración interpuesto por el Presidente de la
Corte Superior de Justicia de Lima, además modif‌i car el
Artículo 1° de la Resolución Administrativa N° 383-2014-
CE-PJ, en el sentido de reemplazar la conversión de la 1°
Sala Civil Permanente de Lima, por la conversión de la 7°
Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con
Sub Especialidad en temas Tributarios, Aduaneros y de
Mercado en la 6° Sala Laboral Permanente.
Cuarto.- Que por las razones expuestas y en uso
de las facultades conferidas por el inciso 3) del artículo
90° del Texto Único Ordenado de Ley Orgánica del
Poder Judicial e inciso 3) del artículo 9° del Reglamento
de Organización y Funciones de la Corte Superior de
Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado
mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ
de fecha 5 de noviembre de 2012.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR a partir del 1 de enero
de 2015, la denominación de la 6° Sala Civil Permanente
de Lima, como 3° Sala Civil Permanente de Lima:
Artículo Segundo.- DISPONER, la apertura del
turno de la 3° Sala Civil Permanente de Lima partir de la
publicación de presente Resolución Administrativa.
Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Gerencia General, Of‌i cina de Control de la Magistratura
– OCMA, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo,
Gerencia de Administración Distrital y a los Órganos
Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios.
Regístrese, cúmplase y archívese.
OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA
Presidente
1210358-1
Establecen conformación de la
Tercera Sala Penal para Procesos
con Reos Libres de la Corte Superior
de Justicia de Lima y designan Juez
Supernumerario
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 102-2015-P-CSJLI/PJ
Lima, 11 de marzo de 2015
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 092-2015-P-CSJLI/
PJ de fecha 03 de marzo del presente año.
Y CONSIDERANDOS:
Que, mediante el ingreso número 127175-2015, la
doctora María Rosario Niño Palomino De Villareal, Juez
Titular del 43° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima,
designada Juez Superior Provisional de la Tercera Sala
Penal para Procesos con Reos Libres de Lima mediante
resolución administrativa de vistos, declina al referido
cargo por motivos de índole personal.
Que, estando a lo expuesto en el considerando
anterior, resulta necesario a f‌i n de no afectar el normal
desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Tercera
Sala Penal Para procesos con Reos Libres de Lima

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