RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 043-2014-P-CSJVLNO/PJ - Designan juez supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste

Fecha de disposición21 Noviembre 2014
Fecha de publicación21 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 21 de noviembre de 2014 538075
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución al Señor Presidente del Poder
Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Of‌i cina
Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte
Superior de Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste, Of‌i cina
de Administración Distrital y demás interesados para los
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JACKELINE YALAN LEAL
Presidenta (e)
1166450-7
Disponen el inicio de funcionamiento
del Juzgado de Paz Letrado de los
Distritos de Ancón y Santa Rosa de la
Corte Superior de Justicia de Ventanilla
- Lima Noroeste
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE VENTANILLA - LIMA NOROESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 042-2014-P-CSJVLNO/PJ
Ventanilla, 31 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-
2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-
CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto
de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de
Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de
Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende
los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú.
Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-
2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se
dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a
partir del 30 de setiembre de 2014.
Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 339-
2014-CE-PJ de fecha 01 de octubre de 2014, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano, el 08 de octubre de 2014,
el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar a
partir del 01 de noviembre de 2014, el 3° Juzgado de Paz
Letrado Permanente de Puente Piedra, Corte Superior de
Justicia de Lima Norte, en Juzgado de Paz Letrado de
los Distritos de Ancón y Santa Rosa, Corte Superior de
Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste.
Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un
local apropiado para la implementación del Juzgado de
Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa, Corte
Superior de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste; ello
no debe ser óbice para retrasar el inicio de funciones del
mismo, por lo que corresponde que se dicten las medidas
administrativas pertinentes para su funcionamiento como
tal, y de manera provisional, en las instalaciones de la
Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia,
en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para
el traslado def‌i nitivo del órgano jurisdiccional reubicado.
Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia,
es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a
su cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con
el objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de administración
de justicia en benef‌i cio de los justiciables, y en virtud a dicha
atribución, se encuentra facultado para adoptar las medidas
administrativas correspondientes, en aras de mejorar y
optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo.
Por tales consideraciones, y en uso de las facultades
conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia
de Ventanilla- Lima Noroeste;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER a partir del 01 de
noviembre de 2014, el inicio del funcionamiento del
Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa
Rosa, Corte Superior de Justicia de Ventanilla – Lima
Noroeste, el cual asumirá el conocimiento de demandas,
denuncias y otros que correspondan a su competencia.
Artículo Segundo.- DISPONER que, en tanto se
ubique y acondicione un local apropiado para su traslado
def‌i nitivo, el Juzgado de Paz Letrado de los Distritos
de Ancón y Santa Rosa, Corte Superior de Justicia de
Ventanilla – Lima Noroeste, inicie sus funciones en las
instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte
Superior de Justicia.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia,
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la
Nación, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder
Judicial, Of‌i cina de Control de la Magistratura, Of‌i cina
Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión
Nacional de Descarga Procesal, Of‌i cina de Administración
Distrital, Alcaldías y Comisarías de la jurisdicción, y demás
interesados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JACKELINE YALAN LEAL
Presidenta (e)
1166450-8
Designan juez supernumerario del
Juzgado de Paz Letrado de los Distritos
de Ancón y Santa Rosa de la Corte
Superior de Justicia de Ventanilla -
Lima Noroeste
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE VENTANILLA - LIMA NOROESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 043-2014-P-CSJVLNO/PJ
Ventanilla, 31 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-
2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-
CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto
de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de
Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de
Ventanilla – Provincia Constitucional del Callao, y cuyo
ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón,
Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante
Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de
agosto de 2014, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento
del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de
2014.
Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 339-
2014-CE-PJ, publicada el 08 de octubre de 2014, el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar a
partir del 01 de noviembre del año en curso, 3° Juzgado
de Paz Letrado Permanente de Puente Piedra de la Corte
Superior de Justicia de Lima Norte, en Juzgado de Paz
Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa, Corte
Superior de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste; en tal
sentido debe designarse al magistrado que se hará cargo
del citado órgano jurisdiccional reubicado.
Tercero.- El Presidente de la Corte Superior de
Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede
judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito
Judicial, con el objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de
administración de justicia en benef‌i cio de los justiciables,
y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para
designar, promover jueces titulares, reasignar, ratif‌i car
y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados
provisionales y supernumerarios que se encuentran en el
ejercicio del cargo jurisdiccional.
Cuarto.- El doctor Santos Atanacio Palacios
Lloclla, servidor de la Corte Superior de Justicia de
Lima, con el cargo de Especialista Legal, ha venido
desempeñándose como Juez Supernumerario del 3°
Juzgado de Paz Letrado Permanente de Puente Piedra

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR