RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 041-2014-P-CSJVLNO/PJ - Designan jueza supernumeraria del Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste

Fecha de disposición21 Noviembre 2014
Fecha de publicación21 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 21 de noviembre de 2014
538074
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-
2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-
CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto
de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de
Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de
Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende
los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú.
Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-
2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se
dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a
partir del 30 de setiembre de 2014.
Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 322-
2014-CE-PJ de fecha 24 de setiembre de 2014, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano, el 24 de setiembre de
2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso
convertir y reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014,
por un periodo de seis (6) meses, al 4° Juzgado de Trabajo
Transitorio del Callao, como Juzgado Mixto Transitorio del
Distrito de Mi Perú, con competencia territorial hasta el
Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Corte Superior de
Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste.
Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un
local apropiado para la implementación del Juzgado Mixto
Transitorio del Distrito de Mi Perú, con competencia territorial
hasta el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Corte
Superior de Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste; ello no
debe ser óbice para retrasar el inicio de sus funciones, así
dispuesta en la precitada resolución administrativa, por lo
que corresponde que se dicten las medidas administrativas
pertinentes para su funcionamiento como tal, y de manera
provisional en las instalaciones de la Sede de la Presidencia
de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se ubique y
acondicione un local apropiado para el traslado def‌i nitivo del
órgano jurisdiccional convertido y reubicado.
Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia,
es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su
cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el
objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de administración de
justicia en benef‌i cio de los justiciables, y en virtud a dicha
atribución, se encuentra facultado para adoptar las medidas
administrativas correspondientes, en aras de mejorar y
optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo.
Por tales consideraciones, y en uso de las facultades
conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia
de Ventanilla- Lima Noroeste;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER a partir del 01 de
noviembre de 2014, el inicio del funcionamiento del Juzgado
Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú, con competencia
territorial hasta el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec,
Corte Superior de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste,
el cual asumirá el conocimiento de demandas, denuncias y
otros que correspondan a su competencia.
Artículo Segundo.- DISPONER que, en tanto se ubique
y acondicione un local apropiado para su traslado def‌i nitivo,
el Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de Mi Perú, con
competencia territorial hasta el Proyecto Especial Ciudad
Pachacútec, Corte Superior de Justicia de Ventanilla – Lima
Noroeste, inicie sus funciones en las instalaciones de la Sede
de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia,
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la
Nación, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder
Judicial, Of‌i cina de Control de la Magistratura, Of‌i cina
Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión
Nacional de Descarga Procesal, Of‌i cina de Administración
Distrital, Alcaldías y Comisarías de la jurisdicción, y demás
interesados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JACKELINE YALAN LEAL
Presidenta (e)
1166450-6
Designan jueza supernumeraria del
Juzgado Mixto Transitorio del Distrito
de Mi Perú de la Corte Superior de
Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE VENTANILLA - LIMA NOROESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 041-2014-P-CSJVLNO/PJ
Ventanilla, 31 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-
2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-
CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto
de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de
Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de
Ventanilla – Provincia Constitucional del Callao, y cuyo
ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón,
Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante
Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de
agosto de 2014, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento
del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de
2014.
Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 322-
2014-CE-PJ, publicada el 06 de octubre de 2014, el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y
reubicar a partir del 01 de noviembre del año en curso, por
un periodo de seis (06) meses, el 4° Juzgado de Trabajo
Transitorio del Callao como Juzgado Mixto Transitorio del
Distrito de Mi Perú, con competencia territorial hasta el
Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Corte Superior
de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste; en tal sentido,
debe designarse al magistrado que se hará cargo del
citado órgano jurisdiccional convertido y reubicado.
Tercero.- El Presidente de la Corte Superior de
Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede
judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito
Judicial, con el objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de
administración de justicia en benef‌i cio de los justiciables,
y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para
designar, promover jueces titulares, reasignar, ratif‌i car
y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados
provisionales y supernumerarios que se encuentran en el
ejercicio del cargo jurisdiccional.
Cuarto.- La doctora Sofía Gladys Garavito Gamarra,
servidora de la Corte Superior de Justicia del Callao,
con el cargo de origen de Secretaria Judicial, ha venido
desempeñándose como Jueza Supernumeraria del 4°
Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao, habiendo
manifestado por escrito su voluntad de desempeñarse
como Juez Supernumeraria del Juzgado Mixto Transitorio
del Distrito de Mi Perú, con competencia territorial hasta
el Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Corte Superior
de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste; por lo que,
valorando su experiencia y años al servicio del Poder
Judicial, esta Presidencia (e) considera pertinente se le
renueve la conf‌i anza para que asuma el despacho del
citado órgano jurisdiccional, debiéndose dictar el acto
administrativo correspondiente.
En consecuencia, en cumplimiento de las disposiciones
administrativas anteriormente mencionadas, y en uso de
las atribuciones conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del
artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior
de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora SOFIA
GLADYS GARAVITO GAMARRA, en el cargo de Jueza
Supernumeraria del Juzgado Mixto Transitorio del
Distrito de Mi Perú, con competencia territorial hasta el
Proyecto Especial Ciudad Pachacútec, Corte Superior de
Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste, a partir del 01 de
noviembre de 2014, debiendo prestar el juramento de Ley
respectivo.

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