RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 032-2014-P-CSJVLNO/PJ - Disponen remitir al Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, los procesos ingresados desde el 30 de setiembre de 2014 y expedientes (denuncias nuevas) que fueron ingresados aleatoriamente a otros órganos jurisdiccionales

Fecha de disposición08 Noviembre 2014
Fecha de publicación08 Noviembre 2014
El Peruano
Sábado 8 de noviembre de 2014 537127
VISTO: El escrito de fecha 22 de octubre de 2014,
presentado por el doctor CARLOS ROGER RODRÍGUEZ
ROSALES, Juez Supernumerario del Segundo Juzgado
de Paz Letrado de Ventanilla de la Corte Superior de
Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante escrito presentado el 22 de octubre
de 2014, el doctor Carlos Roger Rodríguez Rosales, Juez
Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de
Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla – Lima
Noroeste, solicita se le conceda licencia con goce de haber por
el día 27 de octubre de 2014, fecha en la cual deberá acudir a
su entrevista personal programada por el Consejo Nacional de
la Magistratura, dentro del marco de la Convocatoria Nº 004-
2014-SN/CNM, según se desprende de la documentación
anexada, que es de conocimiento público.
Segundo.- El artículo 35º, inciso 10) de la Ley de Carrera
Judicial, aprobada por Ley Nº 29277, dispone el derecho
de los jueces a solicitar permisos y licencias conforme a
ley; siendo la licencia, la autorización para dejar de asistir
al centro de trabajo uno o más días, otorgada a pedido
de parte y condicionada a la conformidad institucional.
La licencia se concede con goce de remuneraciones, sin
goce de remuneraciones o a cuenta del periodo vacacional,
formalizándose mediante resolución emanada por órgano
competente, conforme lo establece el artículo 6º del
Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder
Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-
2004-CE-PJ del 05 de febrero de 2004.
Tercero.- En ese orden de ideas, el artículo 241º, inciso
2), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, establece que la licencia con goce de haber se
concede al magistrado “Por motivo justif‌i cado, hasta por
treinta días, no pudiendo otorgarse más de dos licencias en
un año y siempre que ambas no excedan los treinta días
indicados”; en consecuencia, la licencia solicitada por el
magistrado para asistir a su entrevista personal convocada
por el Consejo Nacional de la Magistratura resulta justif‌i cada,
correspondiendo por tanto se le conceda licencia por motivo
justif‌i cado por el día 27 de octubre del presente año, por
encontrarse arreglada a ley, conforme se acredita con la
documentación anexada a su solicitud.
Cuarto.- Asimismo, corresponde disponer la encargatura
del despacho del Segundo Juzgado de Paz Letrado de
Ventanilla, en adición a sus funciones, al doctor Arturo Hugo
Enciso Aguirre, Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio
de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
– Lima Noroeste, por el día 27 de octubre de 2014.
En tal virtud, y estando a las atribuciones de las que
está investida esta Presidencia (e), de conformidad con el
artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONCEDER LICENCIA CON
GOCE DE HABER por motivo justif‌i cado, a favor del
doctor CARLOS ROGER RODRÍGUEZ ROSALES, Juez
Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de
Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
– Lima Noroeste, por el día 27 de octubre de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el despacho del
Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, en adición
a sus funciones, al doctor ARTURO HUGO ENCISO
AGUIRRE, Juez Supernumerario del Juzgado Paz Letrado
Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia
de Ventanilla – Lima Noroeste, por el día 27 de octubre de
2014.
Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de
Personal y Escalafón Judicial, Of‌i cina Desconcentrada de
Control de la Magistratura, Of‌i cina de Personal y Of‌i cina
de Administración, así como, de los interesados, para los
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
OLGA LIDIA INGA MICHUE
Presidenta (e)
1160621-16
Disponen remitir al Juzgado de
Tránsito y Seguridad Vial Transitorio
de Ventanilla, de la Corte Superior de
Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste,
los procesos ingresados desde el 30
de setiembre de 2014 y expedientes
(denuncias nuevas) que fueron
ingresados aleatoriamente a otros
órganos jurisdiccionales
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE VENTANILLA - LIMA NOROESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 032-2014-P-CSJVLNO/PJ
Ventanilla, 27 de octubre de 2014
VISTO: El Informe N° 005-2014-MBJV-PJ-GSPS de
fecha 27 de octubre de 2014, cursado por la servidora
Gloria S. Paiva Sánchez, Administradora (e) del Módulo
Básico de Justicia de Ventanilla.
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa Nº
255-2014-CE-PJ de fecha 23 de julio de 2014, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano, el 08 de agosto 2014, el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conversión
y reubicación a partir del 1º de Setiembre hasta el 31 de
Noviembre de 2014, del Tercer Juzgado Penal Transitorio
- Reos Libres del Callao, como Juzgado de Tránsito
y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla de la Corte
Superior de Justicia del Callao.
Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 128-
2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por
las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-
CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto
de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de
Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de
Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende
los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú.
Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-
2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se
dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a
partir del 30 de setiembre de 2014.
Tercero.- Mediante el informe del visto, la Administradora
(e) del Módulo Básico de Justicia de Ventanilla, pone en
conocimiento que el Juzgado de Tránsito y Seguridad
Vial Transitorio de Ventanilla fue trasladado físicamente
al citado módulo el 08 de setiembre de 2014, detallando
problemas de orden técnico que habrían originado que
dicho juzgado recién fuera instalado el 15 de setiembre
de este año. De otro lado, informa que, por problemas
en el sistema informático, en el mes de setiembre de
2014 se ingresaron aleatoriamente cuatro expedientes
(denuncias nuevas) al Primer y Segundo Juzgado Penal
de Ventanilla, que deben ser redistribuidos al Juzgado de
Tránsito y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla; además
de la existencia de treinta y cinco denuncias nuevas que
se encuentran en custodia del Centro de Distribución
General –CDG–, precisando que, al no tenerse respuesta
en cuanto a la aclaratoria solicitada por la Corte Superior
de Justicia del Callao, mediante Of‌i cio N° 6103-2014-P-
CSJCL/PJ de fecha 28 de agosto de 2014, el referido
Juzgado no ha recepcionado denuncia alguna.
Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de
Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede
judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito
Judicial, con el objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de
administración de justicia en benef‌i cio de los justiciables,
y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para
adoptar las medidas administrativas correspondientes,
en aras de mejorar y optimizar la conducción de la
administración de la Corte de Justicia a su cargo.
Quinto.- Siendo así, y sin perjuicio de reiterarse la
consulta efectuada en su oportunidad por la Presidencia
de la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante
Of‌i cio N° 6103-2104-P-CSJCL/PJ de fecha 29 de agosto
de 2014, corresponde disponer que los procesos nuevos

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