Resolucion Administrativa N° 000486-2023-P-CSJLI-PJ. Designan al Cuarto Juzgado de Familia de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que cumpla con tramitar procesos de sustracción internacional de menores, y dictan diversas disposiciones

Fecha de publicación10 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 8 de agosto del 2023

VISTO: Con la Resolución Administrativa Nº 000309-2023-CE-PJ, 000182-2003-P- CSJLI/PJ;

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000182-2003-P-CSJLI/PJ de fecha 6 de mayo del 2003, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó al Décimo Sexto Juzgado de Familia como el órgano jurisdiccional competente a nivel de todo el Distrito Judicial de Lima, para el conocimiento de las acciones formuladas al amparo de la Convención sobre aspectos civiles de la sustracción de menores, en atención a lo ordenado a través de la Resolución Administrativa Nº 032- 2003-CE-PJ.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 000309-2023-CE-PJ de fecha 26 de julio del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resolvió que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia, dentro del ámbito de su competencia y en el plazo de cinco días calendario, designen a un Juzgado de Familia, Civil o Mixto a cargo de un juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de la Corte Superior, para que en adición a sus funciones, tramite los procesos de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Tercero. Que, así también, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso dejar sin efecto cualquier disposición administrativa que se oponga a lo resuelto en la referida resolución administrativa, consideraciones por las cuales, corresponde a esta Presidencia de conformidad con lo ordenado en la Resolución Administrativa Nº 000309-2023-CE-PJ, designar a un Juzgado de Familia a cargo de un/a juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de este Distrito Judicial, para que en adición a sus funciones jurisdiccionales, cumplan con tramitar los procesos descritos en el segundo considerando de la presente resolución,

Cuarto. Que, en uso de las facultades conferidas y previstas en los numerales 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al Cuarto Juzgado de Familia de Lima, para que en adición a sus funciones jurisdiccionales, cumpla con tramitar los procesos de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; órgano jurisdiccional que tramitará dichos procesos a partir del 09 de...

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