Resolucion Administrativa N° 000484-2023-P-CSJLI-PJ. Dejan sin efecto la Resolución Administrativa N° 466-2023-P-CSJLI-PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan diversas disposiciones

Fecha de publicación09 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

Lima, 8 de agosto del 2023

VISTAS:

La Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ de fecha 24 de julio de 2023; las Resoluciones Administrativas Nº 466 y 476-2023-P-CSJLI-PJ de fechas 26 de julio y 01 de agosto de 2023, respectivamente; la Resolución Administrativa Nº 328-2023-CE-PJ de fecha 07 de agosto de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Primero. Mediante Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar temporalmente, por el período de seis meses, el 28º, 14º y 16º Juzgado Penal Liquidador Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, que no cuentan con jueces titulares, hacia la Corte Superior de Justicia del Cusco, Santa y Tacna, respectivamente; a partir del 1 de agosto de 2023.

Segundo. Asimismo, la citada resolución administrativa dispuso la redistribución de toda la carga procesal del 28º, 14º y 16º Juzgados Penales Liquidadores Permanentes, entre los órganos jurisdiccionales de la misma competencia territorial y funcional.

Tercero. Al respecto, en cumplimiento de lo ordenado en la Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ, la Presidencia de esta Corte expidió las resoluciones de vistos, por la cual dispuso las medidas pertinentes para la redistribución de la carga procesal de los juzgados penales liquidadores reubicados, hasta el 15 de agosto del presente año.

Cuarto. A mérito del pedido de reconsideración formulado mediante Oficio Nº 558-2023- P-CSJLI-PJ ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la reubicación del 14º y 28º Juzgado Penal Liquidador Permanente a otros Distritos Judiciales, al contar con plaza de juez titular; mediante Resolución Administrativa Nº 328-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha resuelto dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 307-2023-CE-PJ.

Quinto. En tal sentido, la Resolución Administrativa Nº 466-2023-P-CSJLI-PJ, ampliada mediante Resolución Administrativa Nº 476-2023-P-CSJLI-PJ devienen en ineficaz habida cuenta que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha resuelto dejar sin efecto la resolución administrativa en base al cual se expidieron dichas resoluciones.

Sexto. Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único...

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