Resolucion Administrativa Nº 000439-2022-CE-PJ. Disponen que jueces y juezas del Poder Judicial efectúen la rendición de cuenta de sus gastos operativos por el cinco por ciento (5 %) del monto asignado por dicho concepto; a que se refiere lo establecido en el D.U. N° 114-2001 y el D.S. N° 409-2017-EF

Fecha de publicación28 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 21 de diciembre del 2022

VISTO:

El Oficio N° 000179-2022-GAF-GG-PJ, cursado por la Gerente de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 141-2011-CE-PJ, de fecha 11 de octubre de 2001, aprobó la reglamentación de la rendición de cuenta de jueces y juezas del Poder Judicial, por concepto de gastos operativos; la misma que fue complementada por Resolución Administrativa N° 178-2001-CE-PJ, del 12 de diciembre de 2001; estableciéndose la rendición de cuenta por el noventa por ciento (90%), conforme a la Declaración Jurada I; y el diez por ciento (10%) del monto restante en la Declaración Jurada II.

Segundo. Que, al respecto, mediante Resolución Administrativa N° 000051-2021-CE-PJ del 22 de febrero de 2021, este Órgano de Gobierno dispuso que los jueces y juezas del Poder Judicial, en tanto se mantenga el Estado de Emergencia Nacional, efectúen la rendición de cuenta de sus gastos operativos por el tres por ciento (3%) del monto asignado por dicho concepto, cinco días después que se normalicen las labores en el Poder Judicial, ante la Oficina de Administración o la que haga sus veces; a que se refiere lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 114-2001 y el Decreto Supremo N° 409-2017-EF.

Tercero. Que, por Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, publicado en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano el 27 de octubre de 2022, se derogó el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM que declaró el Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia del Covid-19, y estableció nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; así como los Decretos Supremos N° 030-2022-PCM, N° 041-2022-PCM, N° 058-2022-PCM, N° 063-2022-PCM, N° 069-2022-PCM, N° 075-2022-PCM, N° 092-2022-PCM, N° 108-2022-PCM y N° 118-2022-PCM, los cuales dispusieron sus prórrogas y modificaciones.

Cuarto. Que, la Gerente de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial remite el Informe N° 00566-2022-SGC-GAF-GG-PJ, elaborado por el Subgerente de Contabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; y se pone en conocimiento de éste Órgano de Gobierno que se encuentra vigente el Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, por el cual se derogó el Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como...

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