Resolucion Administrativa Nº 000394-2022-CE-PJ. Disponen medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, La Libertad, Lima, Lima Norte y Piura; y dictan diversas disposiciones

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 22 de noviembre del 2022

VISTOS:

El Oficio N° 00056-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 00045-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como el Oficio N° 00057-2022-P-CNPJ-CE-PJ, concerniente a los aspectos complementarios a la prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de octubre de 2022.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Oficio N° 00056-2022-P-CNPJ-CE-PJ, el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno el Informe N° 00042-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la Oficina de Productividad Judicial, y en ampliación a dicho oficio elevó también el Oficio N° 00057-2022-P-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente:

1) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, al mes de agosto de 2022 resolvió 147 expedientes de una carga procesal de 403, obteniendo un bajo avance de meta del 47%, el cual fue menor al avance ideal del 65% que debió registrar al mes de agosto del presente año, quedándole una carga pendiente de 254 expedientes; mientras que durante el mismo período, el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de la referida provincia resolvieron en promedio 232 expedientes de una carga procesal promedio de 566 expedientes, obteniendo un bajo avance de meta promedio del 46%, por lo que tampoco alcanzaron el referido avance ideal; observándose además que el 1° Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Huaraz registró una carga pendiente de 416 expedientes, mayor a la carga pendiente de 247 expedientes que registró el 2° Juzgado Civil Permanente de la misma provincia. En tal sentido, resulta conveniente que el 1° Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Huaraz redistribuya aleatoriamente hacia el Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia un máximo de 200 expedientes en etapa de trámite más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de noviembre de 2022, ni tengan vista de causa señalada al 31 de diciembre de 2022, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución; y que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash adopte las medidas administrativas pertinentes para que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes y el Juzgado Civil Transitorio de Huaraz mejoren su nivel resolutivo.

2) El Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, al mes de agosto de 2022 resolvió 1,298 expedientes, lo que representa el 100% de su carga procesal, quedándole una carga pendiente de 0 expedientes; mientras que el 3° Juzgado de Familia Permanente de la misma subespecialidad de la Provincia de Huamanga, resolvió durante el mismo período 1,228 expedientes de una carga procesal de 1,384, quedándole una elevada carga pendiente de 153 expedientes, de la cual 134 corresponden a expedientes de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, pese a que las medidas de protección para estos procesos deben dictarse en plazos máximos de 24, 48 y 72 horas, en caso que el riesgo sea severo, moderado o leve, respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30364. En tal sentido, resulta necesario que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho disponga las acciones correspondientes para que el 3° Juzgado de Familia Permanente Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huamanga resuelva con celeridad los 134 expedientes de carga pendiente de la referida subespecialidad.

3) Mediante el artículo quinto de la Resolución Administrativa N° 306-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Cajabamba, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, redistribuya de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia como máximo 50 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad civil-civil y 100 de la subespecialidad familia-civil que, en ambos casos, correspondan a la vía procedimental sumarísima, y en caso de ser insuficientes los procesos sumarísimos en la subespecialidad familia-civil, completar con expedientes de la vía procedimental del proceso único, considerándose aquellos expedientes que tengan audiencias programadas con fecha más lejana posterior al 31 de octubre de 2022; asimismo, mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 326-2022-CE-PJ se dispuso que el Juzgado Civil Permanente de Chota redistribuya de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia como máximo 200 expedientes en etapa de trámite más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de setiembre de 2022, ni tengan vista de causa señalada al 31 de octubre de 2022, a razón de 50 expedientes de la subespecialidad civil-civil, 50 expedientes de civil-contencioso administrativo, 50 expedientes de familia-civil y 50 expedientes de la subespecialidad de familia-infracción.

Al respecto, mediante Oficio N° 593-2022-P-CSJCA-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ha informado que no se ha podido completar el total de expedientes a redistribuirse de los juzgados civiles permanentes de las Provincias de Cajabamba y Chota hacia los juzgados civiles transitorios de dichas provincias; por lo que dicha Corte Superior de Justicia ha propuesto que se autorice la redistribución de 48 expedientes del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Cajabamba hacia el Juzgado Civil Transitorio de dicha provincia (22 de la sub especialidad civil-civil, en cualquier vía procedimental civil, menos en las vías procedimentales sumarísimo y único; y 26 en la sub especialidad familia-tutelar en la vía de proceso especial tutelar); así como la redistribución de 44 expedientes del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chota hacia el Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia, en cualquiera de las subespecialidades de civil-civil, civil-contencioso administrativo y familia – civil, a fin de dar cumplimiento efectivo a las redistribuciones de expedientes dispuestas mediante los artículos quinto y tercero de las Resoluciones Administrativas Nros. 306 y 326-2022-CE-PJ.

Sobre el particular, resulta pertinente señalar que al mes de agosto de 2022 el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Cajabamba registró una carga pendiente de 423 expedientes, concentrándose la mayor cantidad de expedientes en la subespecialidad de civil-civil con 137 expedientes y en la subespecialidad de familia-civil con 83 expedientes, seguida de la subespecialidad de familia-infracción con 72 expedientes; asimismo, el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chota registró una carga pendiente de 741 expedientes, concentrándose la mayor cantidad de expedientes en las subespecialidades civil-civil con 292 expedientes, familia-civil con 171 expedientes, familia-infracción con 93 expedientes y civil-contencioso administrativo con 65 expedientes. En tal sentido, a efecto de que las redistribuciones de expedientes dispuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puedan ejecutarse de manera efectiva, resulta recomendable que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Cajabamba redistribuya de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia, un máximo de 48 expedientes en etapa de trámite más antiguos de la subespecialidad familia-civil; y que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chota redistribuya aleatoriamente al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia, un máximo de 44 expedientes en etapa de trámite más antiguos de la subespecialidad familia-civil.

4) Mediante Oficio N° 000351-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, en base del Informe N° 000111-2022-ST-ETIINLPT-CE-PJ de su Secretaría Técnica, ha propuesto, entre otros aspectos, que se le abra turno al 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, a fin de que 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes de dicha Corte Superior puedan descargar los expedientes en etapa de ejecución.

Al respecto, el 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de agosto de 2022 resolvió 385 expedientes de una carga procesal de 722 expedientes, obteniendo un avance de meta del 60%, porcentaje inferior al avance ideal de 65% correspondiente al mes de agosto del presente año; observándose además que el 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes, que tramitan con turno abierto los procesos laborales de la referida subespecialidad, obtuvieron avances de meta del 45% y 51%, por lo que, tampoco alcanzaron el referido avance ideal correspondiente a dicho mes.

En tal sentido, a fin de no desnaturalizar la función de descarga de expedientes en etapa de trámite del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao, y debido al bajo nivel resolutivo que vienen presentando el 4° y 6° Juzgados de Trabajo Permanentes del Callao, se considera conveniente desestimar la propuesta para abrir turno al referido juzgado transitorio. En tal sentido, resulta necesario que la presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao adopte las medidas administrativas necesarias para que el 4° y 6º Juzgados de Trabajo Permanentes y el Juzgado de Trabajo Transitorio mejoren su nivel resolutivo.

5) El 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Provincia de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junín, que tramitan con turno abierto procesos laborales de la subespecialidad contenciosos administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de agosto de 2022 registraron cargas pendientes de 250 y...

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