Resolucion administrativa N° 000383-2023-CE-PJ. Incorporan a la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, en la implementación del Sistema Integrado Judicial Nacional para el acceso a las audiencias y algunos otros actuados emitidos en los Juzgados Especializados y Mixtos y las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país

Fecha de publicación14 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Lima, 12 de septiembre del 2023

VISTO:

El Oficio Nº 000006-2023-SCT-CS-PJ, cursado por el Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000375-2022-CE-PJ, aprobó el inicio de la implementación del Sistema Integrado Judicial Nacional en la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; así como en la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para el acceso a las audiencias y algunos otros actuados emitidos en los Juzgados Especializados y Mixtos y las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país.

Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000056-2023-CE-PJ de fecha 26 de enero de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses, a partir del 1 de abril de 2023; entre otras disposiciones administrativas.

Tercero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 000109-2023-CE-PJ, de fecha 16 de marzo del presente año, reprogramó el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses, a partir del 1 de junio de 2023.

Cuarto. Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 000371-2023-CE-PJ, dispuso prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de setiembre de 2023, el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Quinto. Que, el Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República manifiesta que al haber sido recientemente designado, se advierte el trámite de expedientes electrónicos y/o con grabaciones de audiencias virtuales; por lo que hace necesario que lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000375-2022-CE-PJ, se haga extensivo a la mencionada sala suprema, con la finalidad de mejorar la labor jurisdiccional.

Sexto. Que el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, por lo corresponde aprobar la propuesta presentada.

En consecuencia, en mérito al...

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