Resolucion administrativa N° 000369-2023-CE-PJ. Reconforman la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial

Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónSección Única
Lima, 25 de agosto del 2023

VISTO:

El Oficio N° 000178-2023-ST-CNF/PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, que contiene propuesta para reconformar la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2022, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal acordó que el Poder Judicial asuma el liderazgo del proyecto de implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, debido a que cuenta con amplia experiencia en la implementación y administración de locales interinstitucionales que brindan el servicio de justicia, tales como los Módulos Básicos de Justicia y los Centros Integrados del Sistema de Administración de Justicia.

Segundo. Que, a mérito del considerando precedente la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial expidió la Resolución Administrativa N.° 00078-2023-P-CE-PJ, mediante la cual se reconforma la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, precisando las funciones a realizar; disponiendo además otras medidas administrativas, y dejando sin efecto la Resolución Administrativa N.° 000093-2022-CE-PJ de fecha 21 de marzo de 2022; y las Resoluciones Administrativas Nros.000055 y 000069-2023-P-CE-PJ del 20 de marzo y 10 de abril de 2023, respectivamente.

Tercero. Que, la puesta en funcionamiento de las unidades piloto de flagrancia delictiva en las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima Sur en el año 2022, Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Lima Este en el primer semestre del año 2023, y previsto la implementación en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Callao para el segundo semestre del año 2023, constituyen modelos desarrollados pensando en las futuras Unidades de Flagrancia Delictiva, pero a escala reducida, con la finalidad de detectar las posibles fallas o problemas del estudio, a fin de poder advertir los errores o problemas que podrían generar pérdidas de esfuerzo, tiempo y recursos económicos.

Cuarto. Que, asimismo, es de advertir que por el momento la implementación de las unidades piloto de flagrancia delictiva, se viene desarrollando con recursos propios a través de la reubicación de órganos jurisdiccionales de la propia Corte Superior; y con el compromiso de los operadores de justicia, en tanto el Poder Ejecutivo asigne los recursos económicos para tal fin...

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