Resolucion administrativa N° 000356-2023-CE-PJ. Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de diversos Distritos Judiciales y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación24 Agosto 2023
SecciónSección Única
38 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023
El Peruano
/
Distrito Judicial Total OO.JJ
permanentes
OO.JJ que superaron la
meta del año 2020
N° %
33 Lima 270 128 47 %
34 Lima Este 90 39 43 %
Total 1,630 1,134 70 %
De igual manera, a partir de la implementación de los
estándares anuales de producción, el número de Cortes
Superiores de Justicia que el 50 % o más de sus órganos
jurisdiccionales permanentes, a cargo de la Comisión
Nacional de Productividad Judicial, lograron superar el
100 % de su meta, se ha venido incrementado desde el
año 2013 hasta el 2020, tal como se puede visualizar en
el siguiente cuadro:
Cantidad de Distritos Judiciales donde más del 50%
de sus OOJJ permanentes superaron su meta anual
por Año Judicial desde el 2013 al 2020
Año
Judicial
Distritos Judiciales
existentes
N° de Distritos Judiciales donde más
del 50% de sus OO.JJ permanentes
superaron su meta anual
2013 31 3
2014 33 5
2015 33 6
2016 33 8
2017 33 24
2018 34 26
2019 34 25
2020 34 31
7.9 Los ochenta y siete juzgados de familia que
tramitan a exclusividad los procesos de violencia familiar
de la Ley Nº 30364 lograron superar la meta nal del año
2020, la cual fue calculada en base al estándar propuesto
de 2,000 expedientes.
Octavo. Que, el artículo 82, inciso 26 del Texto único
como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas
necesarias, para que las dependencias de este Poder del
Estado funcionen con celeridad y eciencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1369-
2023 de la trigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, de fecha 16 de agosto de 2023,
realizada con la participación de los señores Arévalo
Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora
Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de
las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto
Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Publicar, en el link del Portal
Institucional del Poder Judicial, el Ranking de
Cumplimiento de Metas de Producción de los órganos
jurisdiccionales permanentes a cargo de la Comisión
Nacional de Productividad Judicial del año 2020,
contenidos en los Anexos 1 al 10, correspondiente a las
Salas Superiores, Juzgados Especializados o Mixtos y
Juzgados de Paz Letrados, en sus respectivos grupos,
a n que los presidentes y presidentas de las Cortes
Superiores de Justicia tomen conocimiento de la ubicación
de cada una de sus dependencias jurisdiccionales según
las subespecialidades, con el objeto que adopten las
acciones correspondientes para su mejora.
Artículo Segundo.- Felicitar la labor desempeñada por
las Cortes Superiores de Justicia de Huancavelica, Madre
de Dios, Huánuco, Moquegua, Selva Central, Ica, Santa,
Ayacucho, Tacna, Apurímac, Cusco, Huaura, Ancash,
San Martín, La Libertad, Amazonas, Tumbes, Lima Norte,
Junín, Sullana, Arequipa, Puno, Cajamarca, Callao, Piura,
Ucayali, Puente Piedra – Ventanilla, Lambayeque, Lima
Sur, Loreto y Cañete, debido a que más del 50 % de sus
órganos jurisdiccionales permanentes que la conforman
lograron superar el 100 % de su meta, durante el Año
Judicial 2020, y en especial a las Cortes Superiores de
Justicia de Huancavelica y Madre de Dios, que lograron
que todas las dependencias permanentes bajo su
jurisdicción, monitoreadas por la Ocina de Productividad
Judicial, superen la referida meta.
Artículo Tercero.- Felicitar a los jueces, juezas y
personal jurisdiccional de los órganos jurisdiccionales
permanentes, de las diferentes Cortes Superiores de Justicia
del país que, de acuerdo a los tres grupos indicados, en el
Año Judicial 2020 lograron alcanzar o superar el 100 % del
estándar o meta anual, en su respectiva subespecialidad e
instancia, según la relación del Anexo 10.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
a la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial,
Equipo Técnico Institucional de Implementación de
la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Equipo Técnico
Institucional de Implementación de la Oralidad Civil,
Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos
Judiciales de Familia” PpR0067, Unidad de Equipo
Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal
Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial,
Ocina de Productividad Judicial, Presidencias de las
Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y nes
pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2208298-1
Prorrogan funcionamiento de órganos
jurisdiccionales transitorios de diversos
Distritos Judiciales y dictan otras
disposiciones
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000356-2023-CE-PJ
Lima, 22 de agosto del 2023
VISTOS:
El Ocio Nº 000281-2023-CR-UETI-CPP-PJ, cursado
por la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo
Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como
el Informe Nº 000127-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, del
Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada
Unidad.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, a la fecha existen órganos
jurisdiccionales transitorios en las Cortes Superiores de
Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Cañete, Huaura,
Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Pasco,
Piura, Puente Piedra – Ventanilla, Sullana, Tumbes y
Ucayali, cuya prórroga debe evaluarse para la adecuada
implementación del Código Procesal Penal en los
mencionados Distritos Judiciales, con la nalidad de
apoyar en la descarga procesal y equilibrar la carga
procesal entre sus órganos jurisdiccionales.
Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de
los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se
subsume en la sobrecarga que presenten los órganos
jurisdiccionales permanentes en una determinada
Corte Superior de Justicia, sino, también, se proyecta
en base al nivel resolutivo que tengan el primero de los
mencionados; por lo cual, el análisis de la producción de
los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las
Resoluciones Administrativas Nros. 395-2020-CE-PJ, 166
y 446-2021-CE-PJ y 105-2022-CE-PJ, cuyo n principal
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 24/08/2023 00:37

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