Resolucion administrativa N° 000349-2023-CE-PJ. Amplían el cierre de turno del 1° Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación23 Agosto 2023
SecciónSección Única
Lima, 21 de agosto del 2023

VISTO:

El Oficio Nº 781-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 46-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con vencimiento al 31 de agosto de 2023, y otros aspectos.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Resolución Administrativa Nº 263-2023-CE-PJ de fecha 3 de julio de 2023, se dispuso ampliar el cierre de turno del 1º, 3º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, hasta el 31 de agosto de 2023.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 200-2023-CE-PJ del 30 de mayo de 2023, se dispuso a partir del día siguiente de implementado el 2º Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, el cierre de turno del 1º Juzgado Constitucional de la referida provincia y Corte Superior de Justicia.

Tercero. Que, por Oficio Nº 781-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe Nº 46-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente:

a) Mediante Oficio Nº 1176-2023-P-CSJAR-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa solicitó el cierre de turno del 1º Juzgado Constitucional de la Provincia de Arequipa; al respecto, el referido juzgado constitucional, el cual atiende con turno cerrado, estimaría para fines del presente año una carga procesal de 1,060 expedientes, cifra que al fluctuar entre la carga mínima y máxima de 1,014 y 1,326 establecida para un juzgado constitucional, se encontraría en una condición de carga estándar, por lo que al poder tramitar adecuadamente su carga procesal, es recomendable ampliar el cierre de turno por un periodo de cuatro meses.

b) Mediante Oficio Nº 574-2023-P-CSJLI-PJ, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima solicitó la ampliación del cierre de turno del 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos por un periodo de tres meses y del 3º Juzgado Contencioso Administrativo por un periodo de un mes; al respecto, al mes de junio de 2023 el 1º, 3º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos presentaron una carga pendiente promedio de 712 expedientes, superior al promedio de 445 que presentaron el 2º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 16º y 17º Juzgados Contenciosos Administrativos; sin embargo, si se cerrase por dos meses más el turno del 3º Juzgado Contencioso Administrativo y por 4 meses más al 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos, la carga pendiente promedio a fines de año de estos tres juzgados sería de 448 expedientes, equiparándose con los 476 que presentarían sus homólogos; por lo que es recomendable ampliar el cierre de turno del 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos por un periodo de cuatro meses y del 3º Juzgado Contencioso por el periodo de dos meses; y, que la presidenta de la referida Corte Superior de Justicia adopte las acciones pertinentes para elevar el nivel resolutivo del 2º Juzgado Contencioso Administrativo, por haber obtenido al mes de junio de 2023 un avance de meta del 36%, porcentaje mucho menor al avance ideal de...

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