Resolucion Administrativa N° 000330-2023-CE-PJ. Declaran fundada solicitud de Jueza titular del Primer Juzgado de Familia de Cajamarca y prorrogan su destaque en una plaza del mismo nivel jerárquico y especialidad del Distrito Judicial de Lima Sur

Fecha de publicación12 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 11 de agosto del 2023

VISTA:

La solicitud de ampliación de destaque presentada por la señora Cecilia Mónica Vélez Calderón, Jueza titular del Primer Juzgado de Familia de Cajamarca, Distrito Judicial del mismo nombre; actualmente destacada en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.º 000475-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso declarar fundada la solicitud de destaque temporal presentada por la señora Cecilia Mónica Vélez Calderón, Jueza titular del Primer Juzgado de Familia de Cajamarca, Distrito Judicial del mismo nombre; en consecuencia, se dispuso su destaque por el periodo de seis meses, a una plaza del mismo nivel jerárquico y especialidad del Distrito Judicial de Lima Sur, por motivo de salud de su menor hijo.

Segundo. Que, la señora jueza Cecilia Mónica Vélez Calderón pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que el referido destaque temporal se ejecutó a partir del 20 de febrero de 2023 y tal decisión permitió que su menor hijo inicie su proceso terapéutico en la ciudad de Lima. Al respecto, señala que el especialista en neuropediatría considera que el alta de su menor hijo se produciría en el mes de diciembre de 2023; por lo que, en atención a la recomendación del referido especialista y a los informes terapéuticos adjuntos a su escrito, solicita que se amplíe su destaque a partir del 20 de agosto de 2023 hasta el mes de diciembre del mismo año.

Tercero. Que, la Ley de la Carrera Judicial no regula el destaque como una acción administrativa de desplazamiento de jueces. Sin embargo, debe tenerse presente que la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N.º 2366-2007-AA/TC, del 2 de noviembre de 2007, señala que el régimen laboral regulado por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N.º 276, resulta aplicable a los jueces del Poder Judicial.

Cuarto. Que, siendo así, de conformidad con el artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 276, se establece que las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa son: Designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; las cuales le son aplicables a los jueces del Poder Judicial, siempre y cuando se cuente con el consentimiento de ellos, salvo excepciones señaladas en la ley.

Quinto. Que, el artículo 80...

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