Resolucion Administrativa Nº 000291-2023-CE-PJ. Establecen disposiciones relativas al trámite de los procesos de hábeas corpus en los juzgados de investigación preparatoria de las provincias de Huancayo, Chiclayo y Santa, pertenecientes a las Cortes Superiores de Justicia de Junín, Lambayeque y Santa; y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación19 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de julio del 2023

VISTO:

El Oficio N° 000671-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ cursado por el jefe de la Oficina de Productividad Judicial, concerniente al trámite de los procesos de hábeas corpus que serían tramitados por los juzgados constitucionales permanentes creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ; y que han iniciado su funcionamiento conforme a lo dispuesto por Resolución Administrativa N° 000200-2023-CE-PJ.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modificatoria correspondiente a la Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, se dispuso la creación de ciento seis órganos jurisdiccionales permanentes, entre los cuales se consideró cinco juzgados constitucionales distribuidos en las siguientes Cortes Superiores de Justicia: 2° Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa; Juzgado Constitucional de la Provincia de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junín; 1° y 2° Juzgados Constitucionales de la Provincia de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia del Santa.

Segundo. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000200-2023-CE-PJ se dispuso, entre otros, la implementación e inicio de funcionamiento de los juzgados constitucionales indicados en el considerando anterior, estableciéndose en el anexo del artículo tercero de la citada resolución administrativa, entre otras acciones complementarias, el cierre de turno para el ingreso de expedientes de la especialidad constitucional en los juzgados civiles que venían tramitando dichos procesos; así como la redistribución de expedientes de toda la carga pendiente de procesos de la especialidad constitucional que no se encontrase expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, considerándose en dichas redistribuciones los expedientes en etapa de calificación y ejecución.

Tercero. Que, mediante Oficios Nros. 001507 y 001508-2023-P-CSJLA-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicita que se emitan las disposiciones sobre el cierre de turno de los juzgados de investigación preparatoria de la Provincia de Chiclayo, para conocer y tramitar procesos constitucionales de hábeas corpus; así como la redistribución de dichos procesos que se encuentren en etapa de ejecución, en razón de la implementación del 1° y 2° Juzgados Constitucionales Permanentes de la referida provincia, creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ.

Cuarto. Que, por Oficio N° 000671-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó que en las propuestas de acciones complementarias para...

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