Resolucion Administrativa N° 000283-2023-P-CSJLI-PJ. Disponen la Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales que integran la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023

Fecha de publicación23 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Presidencia de la Corte Superior de

Justicia de Lima

Lima, 22 de mayo del 2023

VISTO:

La Resolución Administrativa N° 000160-2023-P-CSJLI-PJ, del 28 de marzo de 2023, el Oficio N° 000102-2023-CSJ-UPD-GAD-CSJLE-PJ, del 19 de mayo de 2023, de la Unidad de Servicios Judiciales, y el Informe N° 000019-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI- PJ, del 17 de mayo de 2023, de la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación; CONSIDERANDOS:

PRIMERO.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es el representante del Poder Judicial en su respectivo Distrito Judicial y dirige la política institucional dictando las medidas administrativas pertinentes para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos que la conforman, según lo prevé el artículo 90° incisos 1, 3 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SEGUNDO.- Por otro lado, cabe mencionar como antecedente, que la Resolución Administrativa N° 000160-2023-P-CSJLI-PJ, dispuso el inicio del Proceso de revalidación de la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023, que se encuentren en la Nómina aprobada por Resoluciones Administrativas N° 277-2022-P- CSJLI-PJ y 495-2022-P-CSJLI-PJ (en adelante las resoluciones) y que hubieran pagado su derecho de inscripción, precisando que la Nómina de Peritos Judiciales, aprobada por las resoluciones, continúa vigente en tanto dure el procedimiento de revalidación de inscripción para el año 2023. Asimismo, se dispuso aprobar el cronograma del Procedimiento de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023.

TERCERO.- En la Resolución Administrativa N° 000160-2023-P-CSJLI-PJ, se estableció que la para la revalidación de inscripción de Peritos Judiciales, todos los profesionales colegiados inscritos en la actual nómina 2021-2022 de esta Corte, además de cumplir con lo establecido en el TUPA del Poder Judicial, deberán de adjuntar la Constancia de Habilitación respectiva para el ejercicio de su profesión u oficio, o en todo caso, una declaración jurada en la que se indique que se encuentran habilitados por su respectivo Colegio Profesional, exceptuándose de dicha constancia de habilitación o declaración jurada a los especialistas no agremiados.

CUARTO.- El artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ del 25 de agosto de 1998, dispone que: “Anualmente el profesional o...

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