Resolucion Administrativa N° 000245-2023-CE-PJ. Prorrogan funcionamiento de órgano jurisdiccional transitorio de descarga procesal de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación28 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de junio del 2023

VISTOS:

El Oficio N° 000548-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la Oficina de Productividad Judicial que adjunta su Informe N° 000028-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, respecto a las propuestas de conversiones y reubicaciones de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, y otros aspectos; y el Oficio N° 000315-2023-P-PJ, cursado por el Presidente del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000202-2023-CE-PJ de fecha 30 de mayo de 2023, se dispuso prorrogar el funcionamiento de la 1° Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima hasta el 30 de junio de 2023; así como el funcionamiento del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito de Tarapoto de la Provincia y Corte Superior de Justicia de San Martín, hasta el 31 de agosto de 2023.

Segundo. Que, por Oficio N° 000548-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, el jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este órgano de gobierno el Informe N° 000028-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, informando lo siguiente:

a) La 1° Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Lima, que se encarga exclusivamente de liquidar los expedientes correspondientes a procesos laborales con la Ley N° 26636, al mes de marzo de 2023 registró como carga pendiente siete expedientes, que a la fecha ya deben de haber disminuido, por lo que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima solicitó mediante Oficio N° 000319-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 2 de mayo de 2023, que al vencimiento de la referida sala transitoria, previsto primigeniamente al 31 de mayo de 2023, sea prorrogada por el plazo de un mes; asimismo, se informó que los dos juzgados de trabajo transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, que liquidan procesos laborales con la Ley N° 26636 (LPT) al mes de marzo de 2023 solo contaban con 712 expedientes por liquidar, los cuales a la fecha deben de haber disminuido, y una vez resueltos dichos expedientes, estos probablemente serán elevados en apelación a la segunda instancia.

De otro lado, las seis Salas Laborales Permanentes de la misma Corte Superior de Justicia, que atienden en segunda instancia los procesos de la subespecialidad correspondiente a la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), tienen estimado para fines del presente año una carga procesal proyectada promedio de 1153 expedientes, cifra que al ser menor a la carga procesal mínima de 1755 expedientes, correspondiente a una sala laboral que atiende procesos de la referida subespecialidad laboral, evidencia que se encuentran en situación de subcarga procesal; siendo pertinente señalar que de este grupo de salas laborales permanentes, la 7° Sala Laboral Permanente registró al mes de marzo de 2023 una carga pendiente de tan solo 95 expedientes, y presenta un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de veintitrés plazas, el cual es muy superior al de sus homólogas permanentes, cuyas cargas pendientes son mayores; por lo que resulta conveniente que se centralice en esta sala superior los escasos expedientes pendientes que sean elevados en apelación, provenientes de los juzgados laborales liquidadores de los procesos con la Ley N° 26636, los cuales no ascenderían a más de 712 expedientes, asignándole como función adicional a dicha sala superior la labor de liquidación; razón por la cual la 1° Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima estaría disponible para ser convertida y/o...

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