Resolucion Administrativa N° 000195-2023-P-CSJLI-PJ. Reasignan y designan magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
Fecha de publicación | 18 Abril 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Lima
Lima, 17 de abril de 2023
VISTOS: Con la Investigación Definitiva N° 890-2019-LIMA, y Resolución Administrativa N° 181-2023-P-CSJLI-PJ, Resolución Administrativa N° 000133-2023-CE-PJ, y;
CONSIDERANDO:
Primero. Disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la prelación respecto a la designación de Jueces Supernumerarios.
1.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000133-2023-CE-PJ de fecha 14 de abril del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, en primer lugar se proceda conforme la siguiente prelación: a) Designar al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional, b) Ante la falta de ellos se proceda a convocar al juez supernumerario de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia; en su defecto a los abogados inscritos en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces supernumerarios de la Corte Superior, c) En defecto de los anteriores, se delegó a la Presidencia de las Cortes Superiores del país, hasta el 31 de junio de 2023, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos.
1.2. Al respecto, en cuanto al literal a), descrito en el párrafo anterior, debe señalarse que la Coordinación de Magistrados de este Distrito Judicial, se comunicó con los Jueces de Paz Letrado Titulares conexos a la especialidad, con la finalidad de ser promovidos como Jueces Provisionales en Primera Instancia, no obstante a ello, manifestaron no aceptar la propuesta debido a diferentes situaciones dentro de su ámbito personal.
1.3. En cuanto al literal b), en relación al registro de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia y aprobada mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del año en curso, esta Presidencia ha cumplido en anteriores oportunidades en designar a abogados como Jueces Supernumerarios en las distintas especialidades de este Distrito Judicial, sin embargo, en el presente caso no se ha podido cumplir con dicha designación, toda vez que los abogados indicaron que se encontraban laborando como Jueces en otras Cortes Superiores como Callao, Ica, Moquegua, Lima Norte, o en otras instituciones.
1.4. De igual forma, la Selección de Jueces de Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia de Lima, se...
Justicia de Lima
Lima, 17 de abril de 2023
VISTOS: Con la Investigación Definitiva N° 890-2019-LIMA, y Resolución Administrativa N° 181-2023-P-CSJLI-PJ, Resolución Administrativa N° 000133-2023-CE-PJ, y;
CONSIDERANDO:
Primero. Disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la prelación respecto a la designación de Jueces Supernumerarios.
1.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000133-2023-CE-PJ de fecha 14 de abril del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, en primer lugar se proceda conforme la siguiente prelación: a) Designar al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional, b) Ante la falta de ellos se proceda a convocar al juez supernumerario de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia; en su defecto a los abogados inscritos en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces supernumerarios de la Corte Superior, c) En defecto de los anteriores, se delegó a la Presidencia de las Cortes Superiores del país, hasta el 31 de junio de 2023, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos.
1.2. Al respecto, en cuanto al literal a), descrito en el párrafo anterior, debe señalarse que la Coordinación de Magistrados de este Distrito Judicial, se comunicó con los Jueces de Paz Letrado Titulares conexos a la especialidad, con la finalidad de ser promovidos como Jueces Provisionales en Primera Instancia, no obstante a ello, manifestaron no aceptar la propuesta debido a diferentes situaciones dentro de su ámbito personal.
1.3. En cuanto al literal b), en relación al registro de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia y aprobada mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del año en curso, esta Presidencia ha cumplido en anteriores oportunidades en designar a abogados como Jueces Supernumerarios en las distintas especialidades de este Distrito Judicial, sin embargo, en el presente caso no se ha podido cumplir con dicha designación, toda vez que los abogados indicaron que se encontraban laborando como Jueces en otras Cortes Superiores como Callao, Ica, Moquegua, Lima Norte, o en otras instituciones.
1.4. De igual forma, la Selección de Jueces de Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia de Lima, se...
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