Resolucion Administrativa Nº 000141-2023-CE-PJ. Designan Presidente del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial

Fecha de publicación18 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de abril del 2023

VISTO:

El Oficio N° 000091-2023-OSI-CS-PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Seguridad Integral.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000094-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial reconformó el “Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial”, el mismo que quedó integrado de la siguiente manera:

• Consejero representante de los jueces supremos: quien lo presidirá

• Secretario General del Consejo Ejecutivo

• Gerente General del Poder Judicial

• Gerente de la Gerencia de Administración y Finanzas

• Gerente de la Gerencia de Planificación

• Secretario Técnico del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial

• Jefe de la Oficina de Seguridad Integral

Asimismo, se designó al Jefe de la Oficina de Seguridad Integral, como Secretario Técnico del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial, en adición a sus funciones.

Segundo. Que, al respecto, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral mediante Oficio N° 000091-2023-OSI-CS-PJ, solicita que se proceda a designar al Presidente del Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial y la convocatoria a la primera sesión de instalación de dicho grupo; estando a que la Resolución Administrativa N° 000094-2023-CE-PJ, establece que el presidente del grupo de trabajo será un consejero representante de los jueces supremos.

Tercero. Que, en ese contexto, este Órgano de Gobierno considera necesario modificar la Resolución Administrativa N° 000094-2023-CE-PJ, en el extremo que el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial, estará presidido por un consejero integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; emitiéndose el acto de administración correspondiente.

Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 561-2023 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 4 de abril de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR